RLSS

Artículo 132. Cuotas bimestrales obrero-patronales

Regula la obligacion de pago bimestral de las cuotas obrero-patronales al IMSS, estableciendo los plazos de pago, las ramas de aseguramiento y la responsabilidad del patron en la retencion y entero de las cuotas obreras.

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Texto Legal

Articulo 132 — Cuotas Bimestrales Obrero-Patronales

El pago de las cuotas obrero-patronales se realizara por periodos bimestrales vencidos, a mas tardar el dia diecisiete del mes inmediato siguiente al bimestre de que se trate.

Ramas de aseguramiento

Las cuotas se calculan para cada una de las siguientes ramas de aseguramiento:

- Riesgos de trabajo: cuota patronal sobre SBC conforme a la prima determinada
- Enfermedades y maternidad: cuotas patronales y obreras con componente fijo y excedente
- Invalidez y vida: cuotas patronales y obreras sobre SBC
- Retiro: cuota patronal del 2% sobre SBC
- Cesantia en edad avanzada y vejez: cuotas patronales y obreras sobre SBC
- Guarderias y prestaciones sociales: cuota patronal del 1% sobre SBC

Retencion de cuotas obreras

El patron es responsable de retener las cuotas obreras al momento del pago de los salarios y de enterarlas al Instituto junto con las cuotas patronales en los plazos establecidos.

Cedulas de determinacion

El Instituto emitira las cedulas de determinacion de cuotas que serviran de base para el pago, las cuales el patron podra verificar y, en su caso, complementar con las diferencias que correspondan.

Consecuencias del incumplimiento

El pago extemporaneo de las cuotas generara actualizacion y recargos conforme a las tasas aplicables, sin perjuicio de las multas que el Instituto pueda imponer por el incumplimiento.

Última reforma aplicable: 15 de julio de 2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El pago bimestral de cuotas es la obligacion economica mas importante del patron ante el IMSS. El dia 17 del mes siguiente al bimestre es la fecha limite (o el dia habil siguiente si cae en inhabil). Recomendamos verificar cuidadosamente las cedulas de determinacion emitidas por el IMSS antes de pagar, pues frecuentemente contienen errores en el SBC, movimientos afiliatorios o dias cotizados. Las diferencias no detectadas se acumulan y el IMSS puede cobrarlas retroactivamente con actualizacion y recargos, multiplicando significativamente el monto original.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del RLSS?

Regula la obligacion de pago bimestral de las cuotas obrero-patronales al IMSS, estableciendo los plazos de pago, las ramas de aseguramiento y la responsabilidad del patron en la retencion y entero de las cuotas obreras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El pago bimestral de cuotas es la obligacion economica mas importante del patron ante el IMSS. El dia 17 del mes siguiente al bimestre es la fecha limite (o el dia habil siguiente si cae en inhabil). Recomendamos verificar cuidadosamente las cedulas de determinacion emitidas por el IMSS antes de pagar, pues frecuentemente contienen errores en el SBC, movimientos afiliatorios o dias cotizados. Las diferencias no detectadas se acumulan y el IMSS puede cobrarlas retroactivamente con actualizacion y recargos, multiplicando significativamente el monto original.

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