Establece los periodos bimestrales para la determinacion y reporte del salario variable al Instituto, asi como las reglas para el calculo del promedio de percepciones variables.
La determinacion del salario base de cotizacion con elementos variables se realizara por periodos bimestrales, conforme a los bimestres naturales del ano:
- Enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre, noviembre-diciembre
Se sumaran los ingresos variables percibidos durante el bimestre inmediato anterior y se dividiran entre los dias de salario devengado en dicho periodo, obteniendo el promedio diario de percepciones variables.
Las modificaciones al SBC derivadas del calculo de variables deberan reportarse al Instituto dentro de los primeros cinco dias habiles del bimestre siguiente al de su determinacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El calculo bimestral del salario variable requiere disciplina administrativa. La modificacion al SBC debe reportarse dentro de los primeros cinco dias habiles del bimestre siguiente. El incumplimiento en el reporte oportuno genera diferencias en cuotas. Recomendamos automatizar este calculo en el sistema de nomina para garantizar que las variables se promedien correctamente y que la modificacion se reporte al IMSS en tiempo.
Art. 130. Salario base de cotizacion fijo, variable y mixto
Distingue las tres modalidades de salario base de cotizacion (fijo, variable y mixto) y establece las reglas para su determinacion y reporte al Instituto.
Art. 132. Cuotas bimestrales obrero-patronales
Regula la obligacion de pago bimestral de las cuotas obrero-patronales al IMSS, estableciendo los plazos de pago, las ramas de aseguramiento y la responsabilidad del patron en la retencion y entero de las cuotas obreras.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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