RLSS

Artículo 156. Plazos de pago de cuotas obrero-patronales

Establece los plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, fijando como fecha limite el dia diecisiete del mes siguiente al bimestre vencido, con reglas especiales para dias inhabiles.

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Texto Legal

Articulo 156 — Plazos de Pago de Cuotas Obrero-Patronales

Las cuotas obrero-patronales deberan pagarse a mas tardar el dia diecisiete del mes calendario inmediato siguiente al bimestre al que correspondan, conforme al siguiente calendario:

Calendario de pagos


BimestrePeriodoFecha limite de pago
1oEnero-Febrero**17 de marzo**
2oMarzo-Abril**17 de mayo**
3oMayo-Junio**17 de julio**
4oJulio-Agosto**17 de septiembre**
5oSeptiembre-Octubre**17 de noviembre**
6oNoviembre-Diciembre**17 de enero**

Dias inhabiles

Cuando el dia diecisiete sea inhabil, el plazo se prorrogara hasta el dia habil inmediato siguiente. Se consideran inhabiles los sabados, domingos y los dias de descanso obligatorio previstos en la legislacion laboral.

Pago anticipado

Los patrones podran realizar el pago de cuotas de manera anticipada, sin que esto genere descuento o beneficio alguno.

Pago oportuno

El cumplimiento del pago dentro del plazo establecido libera al patron de la generacion de actualizacion y recargos por el bimestre correspondiente.

Última reforma aplicable: 15 de julio de 2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El cumplimiento del calendario de pagos bimestrales es esencial para evitar la generacion de accesorios. Recomendamos programar los pagos con al menos tres dias habiles de anticipacion a la fecha limite, considerando los tiempos de procesamiento bancario. Si por algun motivo no es posible pagar en tiempo, es preferible pagar con recargos que acumular bimestres, ya que el IMSS puede emitir cedulas de liquidacion y ejercer el procedimiento administrativo de ejecucion sobre adeudos no cubiertos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 156 del RLSS?

Establece los plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, fijando como fecha limite el dia diecisiete del mes siguiente al bimestre vencido, con reglas especiales para dias inhabiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 156 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El cumplimiento del calendario de pagos bimestrales es esencial para evitar la generacion de accesorios. Recomendamos programar los pagos con al menos tres dias habiles de anticipacion a la fecha limite, considerando los tiempos de procesamiento bancario. Si por algun motivo no es posible pagar en tiempo, es preferible pagar con recargos que acumular bimestres, ya que el IMSS puede emitir cedulas de liquidacion y ejercer el procedimiento administrativo de ejecucion sobre adeudos no cubiertos.

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