Establece que las aportaciones patronales del 5% se depositarán en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), administradas por las AFORE y el INFONAVIT.
El Fondo Nacional de la Vivienda se integrará con las aportaciones que los patrones y el Gobierno Federal enteran en favor de los trabajadores, las cuales se depositarán en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales abiertas en los términos de la Ley del Seguro Social.
La cuenta individual de cada trabajador en el SAR se compone de varias subcuentas:
| Subcuenta | Administrador | Aportación |
|---|---|---|
| Retiro | AFORE | 2% patronal |
| Cesantía y vejez | AFORE | 3.15% patronal + 1.125% trabajador |
| Cuota social | AFORE | Gobierno Federal |
| **Vivienda** | **INFONAVIT** | **5% patronal** |
| Aportaciones voluntarias | AFORE | Variable |
Los recursos de la subcuenta de vivienda generan rendimientos que son determinados por el Consejo de Administración del INFONAVIT. Estos rendimientos deben ser, cuando menos, iguales al incremento del salario mínimo general.
Los recursos de la subcuenta de vivienda pueden destinarse a:
1. Otorgamiento de crédito de vivienda: Al ejercer un crédito INFONAVIT.
2. Complemento para pensión: Si al momento del retiro no se utilizó el crédito, los recursos se suman al monto constitutivo de la pensión.
3. Devolución directa: En ciertos casos, cuando el trabajador cumple 65 años sin haber ejercido crédito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La subcuenta de vivienda es un tema de especial relevancia en la planeación del retiro. Cuando un trabajador no ejerce crédito INFONAVIT, los recursos acumulados en su subcuenta de vivienda se suman al saldo de su cuenta individual para efectos de pensión, lo cual puede ser significativamente beneficioso. Sin embargo, si el trabajador ejerce un crédito, los recursos se aplican al mismo y ya no están disponibles para la pensión. Esta dualidad debe considerarse cuidadosamente en la asesoría de retiro. Los rendimientos de la subcuenta de vivienda han sido históricamente superiores a los de las subcuentas administradas por las AFORE.
Art. 29. Aportaciones patronales del 5% al INFONAVIT
Establece la obligación de los patrones de aportar el cinco por ciento sobre el salario base de cotización de cada trabajador al Fondo Nacional de la Vivienda, aportaciones que se depositarán en la subcuenta de vivienda de la cuenta individual del trabajador.
Art. 36. Rendimientos de la subcuenta de vivienda
Dispone que los depósitos en la subcuenta de vivienda generarán un rendimiento equivalente al mínimo entre la tasa de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) y la tasa de incremento del salario mínimo, asegurando un rendimiento real positivo.
Art. 37. Transferencia de recursos de la subcuenta de vivienda
Regula la transferencia de recursos de la subcuenta de vivienda cuando el trabajador tiene derecho a una pensión, estableciendo que los fondos no utilizados para crédito de vivienda se entregarán a la AFORE o al trabajador según corresponda.
Art. 40. Devolución del saldo de la subcuenta de vivienda
Establece los supuestos en que el trabajador o sus beneficiarios pueden solicitar la devolución de los recursos acumulados en la subcuenta de vivienda, incluyendo jubilación, invalidez total permanente y fallecimiento.
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Art. 30. Plazo de pago de las aportaciones
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Art. 36. Rendimientos de la subcuenta de vivienda
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