Ley INFONAVIT

Artículo 30. Plazo de pago de las aportaciones

Establece que las aportaciones al INFONAVIT serán pagadas bimestralmente y se enterarán a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

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Texto Legal

Artículo 30 – Plazo de Pago de las Aportaciones

Las aportaciones a que se refiere el artículo 29 serán pagadas bimestralmente y se enterarán a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

Calendario de pago


BimestreMeses cubiertosFecha límite de pago
Enero - Febrero17 de marzo
Marzo - Abril17 de mayo
Mayo - Junio17 de julio
Julio - Agosto17 de septiembre
Septiembre - Octubre17 de noviembre
Noviembre - Diciembre17 de enero (del año siguiente)

Consecuencias del pago extemporáneo

Cuando los patrones no paguen las aportaciones en los plazos señalados, deberán cubrir:

- Actualización: Conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) desde la fecha en que debieron pagarse hasta que se efectúe el pago.
- Recargos: A la tasa establecida por la Ley de Ingresos de la Federación para efectos del Código Fiscal de la Federación.

Medio de pago

El pago de aportaciones y amortizaciones se realiza a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), que permite calcular y generar las líneas de captura para el pago en las instituciones de crédito autorizadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El cumplimiento puntual de los plazos de pago es crítico porque los recargos y actualizaciones se acumulan significativamente con el paso del tiempo. En la práctica, el SUA permite generar los cálculos de forma automatizada, pero los patrones deben asegurarse de que la información de sus trabajadores (altas, bajas, modificaciones salariales) esté actualizada para evitar diferencias que posteriormente generen créditos fiscales. Cuando el día 17 cae en día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del Ley INFONAVIT?

Establece que las aportaciones al INFONAVIT serán pagadas bimestralmente y se enterarán a más tardar el día diecisiete de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la Ley del INFONAVIT?

El cumplimiento puntual de los plazos de pago es crítico porque los recargos y actualizaciones se acumulan significativamente con el paso del tiempo. En la práctica, el SUA permite generar los cálculos de forma automatizada, pero los patrones deben asegurarse de que la información de sus trabajadores (altas, bajas, modificaciones salariales) esté actualizada para evitar diferencias que posteriormente generen créditos fiscales. Cuando el día 17 cae en día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

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