Ley INFONAVIT

Artículo 31. Aportaciones de entidades públicas

Establece que las dependencias y entidades de la administración pública que tengan trabajadores sujetos al apartado A del artículo 123 están obligadas a aportar al INFONAVIT.

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Texto Legal

Artículo 31 – Aportaciones de Entidades Públicas

Las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal que tengan trabajadores sujetos al régimen del apartado A del artículo 123 constitucional estarán obligadas a cumplir con las aportaciones al INFONAVIT.

Organismos obligados

Se incluyen:

- Dependencias de la administración pública centralizada
- Organismos descentralizados
- Empresas de participación estatal
- Fideicomisos públicos con personal contratado bajo el apartado A

Base de cálculo

La aportación se calcula sobre el mismo salario integrado aplicable al sector privado, conforme a las reglas del artículo 27 de esta Ley.

Pago oportuno

Las entidades públicas deberán realizar el pago de las aportaciones en los mismos plazos que los patrones del sector privado, sin que la falta de presupuesto justifique el retraso.

Fiscalización

El Instituto podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones de las entidades públicas y, en su caso, determinar las diferencias y accesorios correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las entidades publicas con trabajadores del apartado A tambien deben aportar al INFONAVIT. En SDV Asesores de Negocio senalamos que organismos descentralizados y empresas de participacion estatal frecuentemente incurren en omisiones de aportacion, generando creditos fiscales con recargos significativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del Ley INFONAVIT?

Establece que las dependencias y entidades de la administración pública que tengan trabajadores sujetos al apartado A del artículo 123 están obligadas a aportar al INFONAVIT.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Ley del INFONAVIT?

Las entidades publicas con trabajadores del apartado A tambien deben aportar al INFONAVIT. En SDV Asesores de Negocio senalamos que organismos descentralizados y empresas de participacion estatal frecuentemente incurren en omisiones de aportacion, generando creditos fiscales con recargos significativos.

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