LFPIORPI

Artículo 58. Delito de operaciones con recursos de procedencia ilicita

Tipifica el delito de lavado de dinero: adquirir, enajenar, administrar, custodiar, poseer, cambiar, convertir, depositar, retirar, dar o recibir por cualquier motivo recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza cuando se tenga conocimiento de que proceden de una actividad ilicita.

delitolavado-dineroprisionpenalrecursos-ilicitosdelincuencia-organizada

Texto Legal

Articulo 58 - Delito de lavado de dinero

Se sancionara a quien realice cualquiera de las siguientes conductas:

Conductas tipificadas

I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, de o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de este hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilicita.

II. Por si o por interposita persona, realice cualquiera de las conductas mencionadas, con el proposito de:
- Ocultar o pretender ocultar.
- Encubrir o impedir conocer el origen.
- La localizacion, el destino o la propiedad de dichos recursos, derechos o bienes.
- Alentar alguna actividad ilicita.

III. Aporte recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza para financiar la comision de delitos.

Pena aplicable


ConductaPena de prisionMulta (dias multa)
Lavado de dinero basico (fracc. I)5 a 15 anos1,000 a 5,000
Lavado con ocultamiento (fracc. II)5 a 15 anos1,000 a 5,000
Financiamiento delictivo (fracc. III)5 a 15 anos1,000 a 5,000

Elemento subjetivo

El tipo penal requiere que el sujeto activo tenga conocimiento de que los recursos proceden de una actividad ilicita. No basta la mera sospecha; debe acreditarse que el imputado sabia o razonablemente debia saber el origen ilicito de los recursos.

Delincuencia organizada

Cuando la conducta se realice en el contexto de delincuencia organizada, las penas se incrementaran hasta en una mitad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores de Negocio advierte que el delito de lavado de dinero es uno de los mas graves del sistema juridico mexicano, con penas de hasta 15 anos de prision que se incrementan con delincuencia organizada. Lo que muchos empresarios no saben es que la linea entre una infraccion administrativa (no presentar avisos) y una responsabilidad penal puede ser muy delgada. Si una autoridad detecta que un sujeto obligado omitio sistematicamente sus obligaciones de aviso, podria inferir que la omision fue intencional para facilitar operaciones con recursos ilicitos. Por eso insistimos en el cumplimiento preventivo: no solo para evitar multas, sino para crear una barrera de proteccion juridica que demuestre que el empresario actuaba de buena fe y no tenia conocimiento del posible origen ilicito de los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del LFPIORPI?

Tipifica el delito de lavado de dinero: adquirir, enajenar, administrar, custodiar, poseer, cambiar, convertir, depositar, retirar, dar o recibir por cualquier motivo recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza cuando se tenga conocimiento de que proceden de una actividad ilicita.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58 de la Ley Antilavado?

SDV Asesores de Negocio advierte que el delito de lavado de dinero es uno de los mas graves del sistema juridico mexicano, con penas de hasta 15 anos de prision que se incrementan con delincuencia organizada. Lo que muchos empresarios no saben es que la linea entre una infraccion administrativa (no presentar avisos) y una responsabilidad penal puede ser muy delgada. Si una autoridad detecta que un sujeto obligado omitio sistematicamente sus obligaciones de aviso, podria inferir que la omision fue intencional para facilitar operaciones con recursos ilicitos. Por eso insistimos en el cumplimiento preventivo: no solo para evitar multas, sino para crear una barrera de proteccion juridica que demuestre que el empresario actuaba de buena fe y no tenia conocimiento del posible origen ilicito de los recursos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 58 del LFPIORPI?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 58 LFPIORPI desde tu celular