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Artículo 6/IVA/NV. Acreditamiento de IVA sin flujo real de efectivo

Se considera indebido acreditar el IVA cuando el pago de la contraprestacion no implica un flujo real de recursos economicos, sino que se realiza mediante compensaciones o novaciones ficticias.

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Texto Legal

Criterio 6/IVA/NV - Acreditamiento de IVA sin flujo real de efectivo

Practica considerada indebida

Acreditar el IVA de operaciones cuyo pago no se realiza mediante un flujo real de recursos economicos, sino a traves de compensaciones de adeudos ficticios, daciones en pago sobrevaluadas, cesiones de derechos inexistentes o novaciones simuladas entre partes relacionadas.

Descripcion del esquema

Dos o mas empresas relacionadas generan facturas reciprocas y "pagan" mediante compensacion de adeudos, sin que exista un flujo real de dinero. Cada empresa acredita el IVA de las facturas recibidas, generando saldos a favor o reduciendo su IVA a cargo, sin haber realizado desembolso alguno.

Fundamento legal

- Articulo 5 fraccion III de la Ley del IVA (el IVA debe haber sido efectivamente pagado)
- Articulo 1-B de la Ley del IVA (momento en que se consideran cobradas las contraprestaciones)
- Articulo 5-A del CFF (simulacion)

Consecuencias

- Rechazo del acreditamiento: Al no existir pago efectivo, no se cumple el requisito de procedibilidad.
- IVA a cargo: Se revierte el acreditamiento con actualizacion, recargos y multas.
- Presuncion de simulacion: Las operaciones pueden considerarse inexistentes bajo el articulo 69-B del CFF.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO ALTO. La LIVA establece el principio de flujo de efectivo tanto para el momento de causacion como para el acreditamiento. SDV recomienda que todo IVA acreditable este respaldado por un pago efectivo demostrable (transferencia bancaria, cheque nominativo, etc.). Las compensaciones de adeudos deben estar documentadas y corresponder a operaciones reales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6/IVA/NV del CNV SAT?

Se considera indebido acreditar el IVA cuando el pago de la contraprestacion no implica un flujo real de recursos economicos, sino que se realiza mediante compensaciones o novaciones ficticias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6/IVA/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO ALTO. La LIVA establece el principio de flujo de efectivo tanto para el momento de causacion como para el acreditamiento. SDV recomienda que todo IVA acreditable este respaldado por un pago efectivo demostrable (transferencia bancaria, cheque nominativo, etc.). Las compensaciones de adeudos deben estar documentadas y corresponder a operaciones reales.

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