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Artículo 5/CFF/NV. Uso de prestanombres para ocultar al beneficiario real

Se considera indebido utilizar prestanombres, testaferros o figuras juridicas opacas para ocultar la identidad del beneficiario controlador real de operaciones, cuentas o activos.

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Texto Legal

Criterio 5/CFF/NV - Uso de prestanombres para ocultar al beneficiario real

Practica considerada indebida

Utilizar personas fisicas o morales como prestanombres, socios simulados o testaferros para ocultar la identidad del verdadero beneficiario controlador de empresas, cuentas bancarias, bienes inmuebles u otros activos, con el fin de evadir obligaciones fiscales o realizar operaciones ilicitas.

Descripcion del esquema

Una persona con ingresos no declarados o con impedimentos legales utiliza a terceros (frecuentemente personas de bajos recursos, adultos mayores o personas vulnerables) para constituir empresas, abrir cuentas bancarias, adquirir inmuebles o realizar operaciones a su nombre. El beneficiario real controla las operaciones desde la sombra.

Fundamento legal

- Articulo 32-B Ter del CFF (obligacion de identificar beneficiario controlador)
- Articulo 113 Bis-1 del CFF (delito de prestanombres)
- Articulo 26 fraccion III del CFF (responsabilidad solidaria)
- Ley Federal para la Prevencion e Identificacion de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita

Consecuencias

- Responsabilidad solidaria: El prestanombres es solidariamente responsable de las obligaciones fiscales.
- Delito fiscal: Pena de 3 a 6 anios de prision por permitir el uso del nombre para evadir obligaciones.
- Lavado de dinero: Posible configuracion del delito de operaciones con recursos ilicitos.
- Multas por no identificar beneficiario controlador: De $500,000 a $2,000,000.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO CRITICO. Desde la reforma al CFF, las personas morales tienen la obligacion de identificar y mantener actualizada la informacion de su beneficiario controlador. SDV recomienda cumplir estrictamente con estas obligaciones y documentar la cadena de control. El uso de prestanombres es un delito penal autonomo desde 2020 y las penas se han endurecido significativamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5/CFF/NV del CNV SAT?

Se considera indebido utilizar prestanombres, testaferros o figuras juridicas opacas para ocultar la identidad del beneficiario controlador real de operaciones, cuentas o activos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5/CFF/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO CRITICO. Desde la reforma al CFF, las personas morales tienen la obligacion de identificar y mantener actualizada la informacion de su beneficiario controlador. SDV recomienda cumplir estrictamente con estas obligaciones y documentar la cadena de control. El uso de prestanombres es un delito penal autonomo desde 2020 y las penas se han endurecido significativamente.

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