CNV SAT

Artículo 4/IVA/NV. Aplicacion indebida de tasa 0% en enajenacion de alimentos preparados

Se considera indebido aplicar la tasa del 0% del IVA a la enajenacion de alimentos preparados para su consumo en el lugar de venta, los cuales estan gravados a la tasa general del 16%.

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Texto Legal

Criterio 4/IVA/NV - Tasa 0% indebida en alimentos preparados

Practica considerada indebida

Aplicar la tasa del 0% del IVA a la venta de alimentos preparados para consumo en el establecimiento o para llevar, cuando estos deben gravarse a la tasa general del 16%. Incluye tambien la clasificacion incorrecta de productos alimenticios procesados como productos basicos sujetos a tasa 0%.

Descripcion del esquema

Restaurantes, fondas, cafeterias, taquerias y establecimientos de comida rapida emiten CFDI con tasa 0% argumentando que enajenan "alimentos" contemplados en el articulo 2-A de la LIVA. Sin embargo, la venta de alimentos preparados para consumo inmediato esta gravada a la tasa general del 16%.

Fundamento legal

- Articulo 2-A fraccion I inciso b) de la Ley del IVA (tasa 0% alimentos)
- Articulo 1 de la Ley del IVA (tasa general 16%)
- Ultimo parrafo del articulo 2-A fraccion I de la Ley del IVA (exclusion alimentos preparados)

Consecuencias

- IVA omitido: Se determina el IVA no cobrado ni enterado al fisco.
- Creditos fiscales: IVA a cargo con actualizacion, recargos y multas.
- Responsabilidad del contribuyente: El IVA debe pagarse aunque no se haya trasladado al cliente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO MEDIO. SDV recomienda a restaurantes y establecimientos de alimentos preparados verificar cuidadosamente la tasa de IVA aplicable a cada producto. Los alimentos no preparados (productos basicos) si llevan tasa 0%, pero una vez que se procesan, cocinan o preparan para consumo inmediato, la tasa es del 16%. La distincion entre ambos conceptos es fuente frecuente de errores y controversias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4/IVA/NV del CNV SAT?

Se considera indebido aplicar la tasa del 0% del IVA a la enajenacion de alimentos preparados para su consumo en el lugar de venta, los cuales estan gravados a la tasa general del 16%.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4/IVA/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO MEDIO. SDV recomienda a restaurantes y establecimientos de alimentos preparados verificar cuidadosamente la tasa de IVA aplicable a cada producto. Los alimentos no preparados (productos basicos) si llevan tasa 0%, pero una vez que se procesan, cocinan o preparan para consumo inmediato, la tasa es del 16%. La distincion entre ambos conceptos es fuente frecuente de errores y controversias.

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