Establece las reglas especiales para el calculo y pago de cuotas de los trabajadores de la industria de la construccion, considerando las particularidades del sector.
Las cuotas correspondientes a los trabajadores de la industria de la construccion se sujetaran a las siguientes reglas especiales:
El patron de la construccion debera registrar ante el Instituto cada obra o fase de construccion que inicie, proporcionando la informacion sobre ubicacion, tipo de obra, presupuesto y numero estimado de trabajadores.
El SBC de los trabajadores de la construccion se determinara conforme a las reglas generales, considerando las percepciones efectivas del trabajador, incluyendo el pago por destajo cuando aplique.
El Instituto podra verificar el correcto pago de cuotas en las obras de construccion mediante visitas de inspeccion y el cruce de informacion con los presupuestos de obra y los contratos celebrados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La industria de la construccion tiene reglas especiales de cotizacion que incluyen el registro de cada obra y la verificacion de cuotas contra presupuestos de obra. El IMSS aplica procedimientos especificos de fiscalizacion en este sector, incluyendo visitas a obras y cruce de informacion con contratos. Recomendamos a los patrones de la construccion mantener documentacion actualizada de cada obra, los trabajadores asignados y los pagos de cuotas correspondientes.
Art. 141. Cuotas de trabajadores eventuales
Regula el calculo y pago de cuotas para los trabajadores eventuales, considerando las particularidades de la relacion laboral temporal.
Art. 143. Actualizacion del salario base de cotizacion
Regula la obligacion del patron de actualizar el salario base de cotizacion cuando se modifiquen las percepciones del trabajador, estableciendo los plazos y medios para reportar los cambios.
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