Establece la obligacion de presentar la declaracion informativa de operaciones con terceros (DIOT), incluyendo el contenido, plazo y formato de presentacion.
Para los efectos del articulo 32, fraccion VIII de la Ley, los contribuyentes del IVA estan obligados a presentar mensualmente la Declaracion Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT):
La declaracion informativa debera contener:
- I. La informacion de las operaciones realizadas con cada uno de los proveedores del contribuyente en el mes correspondiente.
- II. El monto total de las operaciones con cada proveedor, separando el valor de los actos o actividades, el IVA trasladado y el IVA retenido.
- III. El RFC de cada proveedor, o en su caso, el numero de identificacion fiscal tratandose de proveedores residentes en el extranjero.
- IV. La separacion de operaciones gravadas a diferentes tasas y operaciones exentas.
La DIOT se presentara a mas tardar el ultimo dia del mes inmediato posterior al que corresponda la informacion, a traves de los medios electronicos del SAT.
Se podra reportar de manera global la informacion de proveedores con los que en el mes se hayan realizado operaciones que individualmente no excedan de $50,000 pesos, sin incluir el IVA.
La omision en la presentacion de la DIOT podra dar lugar a:
- Multas conforme al CFF.
- La suspension en el padron de importadores.
- Dificultad para obtener la devolucion de saldos a favor de IVA.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La DIOT es una de las obligaciones informativas mas relevantes en materia de IVA. En SDV Asesores de Negocio observamos que el SAT cruza sistematicamente la informacion de la DIOT con los CFDI recibidos y las declaraciones de IVA, por lo que cualquier inconsistencia puede detonar requerimientos. Recomendamos conciliar la DIOT mensualmente contra la contabilidad. La falta de presentacion es una de las causas mas comunes de rechazo de devoluciones de IVA.
Art. 58. Declaraciones mensuales de IVA
Desarrolla las reglas para la presentacion de las declaraciones mensuales de IVA, incluyendo plazos, forma, contenido y los supuestos en que deben presentarse declaraciones complementarias.
Art. 60. Obligaciones de contabilidad para efectos del IVA
Precisa las obligaciones de contabilidad especificas para contribuyentes del IVA, incluyendo la separacion de actividades gravadas, exentas y a tasa 0% en los registros contables.
Art. 62. Expedicion de comprobantes fiscales (CFDI) y traslado del IVA
Desarrolla las reglas para la expedicion de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) en operaciones gravadas con IVA, incluyendo los requisitos de desglose del impuesto.
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