RLIVA

Artículo 35. Importacion de bienes tangibles

Desarrolla las reglas para el calculo y pago del IVA en la importacion de bienes tangibles, incluyendo la base gravable, el momento de causacion y los procedimientos aduanales.

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Texto Legal

Articulo 35 — Importacion de Bienes Tangibles

Para los efectos del articulo 24 de la Ley, en la importacion de bienes tangibles se observaran las siguientes reglas:

Base gravable

La base del IVA en la importacion sera:

- El valor en aduana del bien, determinado conforme a la Ley Aduanera
- Mas los impuestos al comercio exterior (aranceles) causados
- Mas las cuotas compensatorias que, en su caso, correspondan
- Mas otros cargos y gastos que se causen con motivo de la importacion

Momento de pago

El IVA se pagara conjuntamente con el impuesto general de importacion al momento del despacho aduanero, utilizando el pedimento correspondiente.

Importaciones exentas

Estan exentas del IVA las importaciones de:

- Bienes cuya enajenacion en territorio nacional no da lugar al pago del IVA
- Equipajes de pasajeros internacionales
- Bienes donados a instituciones de asistencia o beneficencia

Acreditamiento

El IVA pagado en la importacion es acreditable conforme a las reglas generales del articulo 4 de la Ley, siempre que el bien importado se destine a actividades gravadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La base gravable del IVA en importacion incluye no solo el valor en aduana sino tambien aranceles, cuotas compensatorias e incrementables. En SDV Asesores de Negocio recomendamos verificar que el pedimento de importacion refleje correctamente todos estos conceptos, pues un calculo erroneo puede generar diferencias en auditorias aduaneras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del RLIVA?

Desarrolla las reglas para el calculo y pago del IVA en la importacion de bienes tangibles, incluyendo la base gravable, el momento de causacion y los procedimientos aduanales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Reglamento LIVA?

La base gravable del IVA en importacion incluye no solo el valor en aduana sino tambien aranceles, cuotas compensatorias e incrementables. En SDV Asesores de Negocio recomendamos verificar que el pedimento de importacion refleje correctamente todos estos conceptos, pues un calculo erroneo puede generar diferencias en auditorias aduaneras.

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