Define las facultades de la AGACE para la fiscalizacion de operaciones de comercio exterior, incluyendo la verificacion del cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, la revision de pedimentos aduaneros y la determinacion de contribuciones omitidas en importacion y exportacion.
Compete a la Administracion General de Auditoria de Comercio Exterior el ejercicio de las siguientes facultades:
- I. Ordenar y practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y revisiones electronicas a los contribuyentes que realicen operaciones de comercio exterior, para verificar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras.
- II. Revisar los pedimentos aduaneros, sus anexos y la documentacion que los ampare, para verificar la correcta clasificacion arancelaria, el valor en aduana y el origen de las mercancias.
- III. Verificar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables a la importacion y exportacion de mercancias.
- IV. Determinar las contribuciones omitidas en materia de comercio exterior, incluyendo impuestos generales de importacion y exportacion, IVA de importacion, IEPS de importacion, derechos y cuotas compensatorias.
- V. Determinar el valor en aduana de las mercancias importadas cuando la autoridad aduanera considere que el valor declarado no corresponde al valor de transaccion.
- VI. Verificar el correcto aprovechamiento de los tratados de libre comercio y los beneficios arancelarios preferenciales.
- VII. Fiscalizar el cumplimiento de los requisitos y obligaciones derivados de programas de fomento al comercio exterior, como IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportacion), PROSEC, Empresas Altamente Exportadoras y otros esquemas.
- VIII. Cancelar los programas de fomento cuando se detecte incumplimiento de las obligaciones establecidas.
- IX. Verificar el retorno oportuno de mercancias importadas temporalmente al amparo de programas IMMEX.
- X. Verificar el pago de cuotas compensatorias impuestas por la Secretaria de Economia a importaciones en condiciones de dumping o subvencion.
- XI. Determinar las cuotas compensatorias omitidas por los importadores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La AGACE se enfoca exclusivamente en la fiscalizacion de operaciones de comercio exterior, a diferencia de la AGA que se encarga de la operacion aduanera diaria (despacho de mercancias). Los contribuyentes con programas IMMEX son frecuentemente auditados por la AGACE para verificar el cumplimiento de sus obligaciones de retorno. Las auditorias de la AGACE pueden resultar en la determinacion de impuestos de importacion, IVA, IEPS, cuotas compensatorias y multas. La correcta clasificacion arancelaria es uno de los temas mas litigados.
Art. 19. Facultades especificas de auditoria de comercio exterior
Detalla las facultades especificas de la AGACE en materia de verificacion de origen, revision de certificados de origen, operaciones virtuales entre programas IMMEX y coordinacion con autoridades aduaneras extranjeras.
Art. 20. Administraciones Centrales de Auditoria de Comercio Exterior
Establece las administraciones centrales que integran la AGACE, especializadas en verificacion de origen, fiscalizacion de programas de fomento y operaciones aduaneras especificas.
Art. 27. Competencia de la Administracion General de Aduanas
Define las facultades de la AGA para la operacion de las aduanas del pais, el despacho de mercancias, el reconocimiento aduanero, la vigilancia del comercio exterior y la coordinacion de las aduanas maritimas, terrestres y aereas.
Anterior
Art. 17. Administraciones Centrales de la Administracion General Juridica
Siguiente
Art. 19. Facultades especificas de auditoria de comercio exterior
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo