LIVA

Artículo 4-C. Ajuste al acreditamiento del IVA de inversiones

Establece el procedimiento de ajuste al acreditamiento del IVA correspondiente a inversiones (activos fijos, gastos y cargos diferidos) cuando cambia la proporcion de actividades gravadas y exentas del contribuyente en ejercicios posteriores al de la adquisicion.

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Texto Legal

Articulo 4-C - Ajuste del acreditamiento en inversiones

Cuando las inversiones a que se refiere el articulo 5o., fraccion V, inciso d) de esta Ley dejen de destinarse a las actividades por las que se deba pagar el impuesto o a las que se les aplique la tasa del 0%, en un mes posterior a aquel en que se efectuo su acreditamiento, se debera realizar el ajuste correspondiente.

Mecanica de ajuste

El ajuste del acreditamiento se realizara conforme al siguiente procedimiento:

- Paso 1: Se determinara la proporcion que las actividades gravadas representaron en el valor total de actividades del contribuyente en el ejercicio en que se efectuo el acreditamiento original.
- Paso 2: Se comparara con la proporcion del ejercicio en que se realice el ajuste.
- Paso 3: Si la proporcion del ejercicio posterior es menor, el contribuyente debera reintegrar la diferencia del impuesto acreditado indebidamente.
- Paso 4: Si la proporcion del ejercicio posterior es mayor, el contribuyente podra incrementar el monto acreditable.

Periodo de ajuste

El ajuste se realizara durante un periodo de 60 meses (5 anos) contados a partir del mes en que se realizo el acreditamiento original, tratandose de inversiones en bienes inmuebles, y de 12 meses para las demas inversiones.

Cambio total de destino

Cuando una inversion se destine totalmente a actividades exentas habiendo sido acreditado el IVA correspondiente, el contribuyente debera reintegrar el impuesto acreditado, actualizado desde el mes en que se acredito hasta el mes en que se realice el reintegro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El ajuste del acreditamiento de inversiones es particularmente relevante para contribuyentes con actividades mixtas que adquieren bienes de capital. Por ejemplo, si un contribuyente compra maquinaria y en el primer ano tiene 80% de actividades gravadas (acredita 80% del IVA), pero en el segundo ano la proporcion baja a 60%, debera ajustar y reintegrar la diferencia. El periodo de 60 meses para inmuebles y 12 para demas inversiones determina cuanto tiempo se monitorea el cambio de proporcion. Es un calculo que muchos contribuyentes omiten y que el SAT puede verificar en auditorias.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4-C del LIVA?

Establece el procedimiento de ajuste al acreditamiento del IVA correspondiente a inversiones (activos fijos, gastos y cargos diferidos) cuando cambia la proporcion de actividades gravadas y exentas del contribuyente en ejercicios posteriores al de la adquisicion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4-C de la Ley del IVA?

El ajuste del acreditamiento de inversiones es particularmente relevante para contribuyentes con actividades mixtas que adquieren bienes de capital. Por ejemplo, si un contribuyente compra maquinaria y en el primer ano tiene 80% de actividades gravadas (acredita 80% del IVA), pero en el segundo ano la proporcion baja a 60%, debera ajustar y reintegrar la diferencia. El periodo de 60 meses para inmuebles y 12 para demas inversiones determina cuanto tiempo se monitorea el cambio de proporcion. Es un calculo que muchos contribuyentes omiten y que el SAT puede verificar en auditorias.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 4-C LIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 4-C del LIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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