Establece las reglas para la deducción de intereses devengados a cargo por instituciones de crédito. Incluye intereses pagados a depositantes, acreedores y por emisión de títulos de crédito.
Las instituciones de crédito deducirán los intereses devengados a cargo, incluyendo la pérdida inflacionaria, conforme a las siguientes reglas:
Los intereses pagados a los depositantes se deducen conforme se devengan, incluyendo:
- Intereses de cuentas de ahorro
- Intereses de certificados de depósito
- Intereses de pagarés bancarios
Los intereses por préstamos interbancarios y otros financiamientos recibidos se deducen conforme se devengan.
Los intereses generados por la emisión de bonos bancarios, obligaciones subordinadas y otros títulos de crédito se deducen conforme se devengan.
La pérdida inflacionaria generada por las deudas se determina conforme a las reglas del ajuste anual por inflación del artículo 44.
Las instituciones de crédito determinan su resultado fiscal considerando el diferencial entre los intereses devengados a favor y los intereses devengados a cargo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las reglas de deduccion de intereses para instituciones de credito consideran la cartera vencida y las reservas preventivas. SDV asesora en la optimizacion de deducciones financieras cumpliendo con los parametros establecidos por la CNBV y la LISR.
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Art. 51. Acumulación de intereses por instituciones de crédito
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Art. 53. Reservas preventivas para riesgos crediticios
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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