Ley INFONAVIT

Artículo 27. Integración del salario base de aportación

Define los conceptos que integran y los que se excluyen del salario base para el cálculo de las aportaciones patronales al INFONAVIT.

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Texto Legal

Artículo 27 – Salario Base de Aportación

El salario base de aportación se integrará con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

Conceptos que se incluyen

- Cuota diaria
- Aguinaldo (parte proporcional diaria)
- Prima vacacional
- Comisiones y bonos
- Prestaciones en especie

Conceptos excluidos

Se excluyen del salario integrado:

- Instrumentos de trabajo
- Ahorro patronal cuando se integre semanalmente y el trabajador pueda retirarlo más de dos veces al año
- Aportaciones al INFONAVIT y al IMSS
- PTU (participación en las utilidades)
- Alimentación y habitación cuando se entreguen de forma onerosa

Límite superior

El salario base de aportación tiene un límite superior de 25 veces la UMA diaria, conforme a la Ley del Seguro Social aplicable supletoriamente.

Actualización

El patrón deberá actualizar el salario base de aportación cada vez que se modifiquen los conceptos que lo integran.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La integracion del salario base de aportacion debe ser consistente con el salario base de cotizacion del IMSS. En SDV Asesores de Negocio recomendamos revisar periodicamente que los conceptos excluidos del salario (herramientas, despensas dentro de limites, etc.) se apliquen correctamente para evitar diferencias con el Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del Ley INFONAVIT?

Define los conceptos que integran y los que se excluyen del salario base para el cálculo de las aportaciones patronales al INFONAVIT.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la Ley del INFONAVIT?

La integracion del salario base de aportacion debe ser consistente con el salario base de cotizacion del IMSS. En SDV Asesores de Negocio recomendamos revisar periodicamente que los conceptos excluidos del salario (herramientas, despensas dentro de limites, etc.) se apliquen correctamente para evitar diferencias con el Instituto.

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