Regula la forma en que la SHCP utiliza la informacion obtenida de los avisos y las verificaciones, asi como los mecanismos de intercambio de informacion con otras autoridades.
La informacion que la Secretaria obtenga con motivo de los avisos y visitas de verificacion sera utilizada exclusivamente para los fines previstos en esta Ley.
La Secretaria podra utilizar la informacion para:
- I. Identificar patrones y tendencias de operaciones con recursos de procedencia ilicita
- II. Elaborar reportes de inteligencia para las autoridades competentes
- III. Sustentar las resoluciones administrativas que emita en el ambito de sus atribuciones
- IV. Atender requerimientos judiciales debidamente fundados
La informacion podra compartirse con:
- La Fiscalia General de la Republica para efectos de investigacion penal
- Las autoridades financieras cuando se detecten operaciones relacionadas con el sistema financiero
- Las autoridades fiscales cuando se identifiquen posibles evasiones
La informacion tendra el caracter de reservada conforme a la legislacion de transparencia y no podra divulgarse a particulares ni utilizarse para fines distintos a los previstos en esta Ley.
La Secretaria podra publicar informes estadisticos agregados sobre las tendencias del lavado de dinero, sin revelar datos que permitan identificar a personas especificas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La informacion recabada por la Secretaria es confidencial y solo puede utilizarse para fines de prevencion de lavado. En SDV Asesores de Negocio senalamos que el uso indebido de esta informacion por parte de funcionarios publicos es sancionable penalmente, lo cual protege la confidencialidad de los datos de nuestros clientes.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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