LFPIORPI

Artículo 35. Restriccion a operaciones con personas de la lista de bloqueo

Prohibe a quienes realicen actividades vulnerables llevar a cabo operaciones con personas incluidas en la lista de personas bloqueadas, estableciendo las consecuencias del incumplimiento.

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Texto Legal

Articulo 35 - Restriccion con Personas Bloqueadas

Quienes realicen Actividades Vulnerables no deberan llevar a cabo actos u operaciones con las personas que se encuentren en la Lista de Personas Bloqueadas a que se refiere el articulo 10 de esta Ley.

Verificacion obligatoria

Antes de realizar cualquier operacion que constituya una Actividad Vulnerable, el sujeto obligado debera consultar la lista vigente de personas bloqueadas para verificar que su cliente no aparezca en ella.

Deteccion posterior

Si despues de realizada una operacion el sujeto obligado detecta que su cliente aparece en la lista de personas bloqueadas, debera:

- I. Informar de inmediato a la Secretaria
- II. Abstenerse de realizar nuevas operaciones con dicha persona
- III. Conservar toda la documentacion relacionada con las operaciones realizadas

Consecuencias

La realizacion deliberada de operaciones con personas bloqueadas constituye una infraccion grave que puede derivar en:

- Sanciones administrativas significativamente mayores
- Denuncia penal ante el Ministerio Publico
- Responsabilidad solidaria del sujeto obligado

Actualizacion de la lista

Los sujetos obligados deberan consultar periodicamente la lista de personas bloqueadas, la cual se publica y actualiza en el Diario Oficial de la Federacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Operar con personas incluidas en listas de bloqueo puede generar responsabilidad penal ademas de administrativa. En SDV Asesores de Negocio implementamos procedimientos de consulta previa obligatoria antes de formalizar cualquier operacion, protegiendo a nuestros clientes de relaciones comerciales con personas sancionadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LFPIORPI?

Prohibe a quienes realicen actividades vulnerables llevar a cabo operaciones con personas incluidas en la lista de personas bloqueadas, estableciendo las consecuencias del incumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Ley Antilavado?

Operar con personas incluidas en listas de bloqueo puede generar responsabilidad penal ademas de administrativa. En SDV Asesores de Negocio implementamos procedimientos de consulta previa obligatoria antes de formalizar cualquier operacion, protegiendo a nuestros clientes de relaciones comerciales con personas sancionadas.

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