LFPIORPI

Artículo 18. Umbrales de identificacion y aviso

Establece los montos a partir de los cuales las actividades vulnerables deben ser identificadas y aquellos a partir de los cuales debe presentarse aviso ante la SHCP. Define el sistema dual de umbrales: uno para identificacion del cliente y otro, mas alto, para la obligacion de aviso.

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Texto Legal

Articulo 18 - Umbrales de identificacion y aviso

Quienes realicen las Actividades Vulnerables a que se refiere el articulo anterior tendran las obligaciones siguientes:

I. Identificacion del cliente

Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias Actividades Vulnerables y verificar su identidad basandose en credenciales o documentacion oficial, asi como recabar copia de la documentacion.

II. Informacion sobre la forma de pago

Solicitar al cliente o usuario informacion acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueno beneficiario y, en su caso, exhiban documentacion oficial que permita identificarlo, si esta es persona distinta al cliente o usuario.

III. Graduacion de montos

Las actividades vulnerables deberan cumplir con las siguientes obligaciones segun el monto:

NivelObligacionDescripcion
Por debajo del umbral de identificacionNinguna obligacion especialLa operacion se realiza normalmente
Igual o superior al umbral de identificacionIdentificar al clienteRecabar documentacion de identidad y domicilio
Igual o superior al umbral de avisoIdentificar + presentar avisoAdemas de la identificacion, se debe presentar aviso a la SHCP

IV. Plazo para la identificacion

La identificacion del cliente o usuario debera realizarse previamente a la realizacion de la actividad vulnerable, recabando los datos y documentos a que se refiere la fraccion I del articulo 18.

V. Conservacion de documentos

La documentacion e informacion que los sujetos obligados recaben debera conservarse de forma fisica o electronica por un plazo de cinco anos contados a partir de la fecha de la realizacion de la actividad vulnerable.

Umbrales de referencia comunes

Para calcular los umbrales se utiliza el valor diario de la UMA vigente. En 2024, el valor diario de la UMA es de $108.57 pesos.

UMAsValor aproximado 2024
325 UMAs$35,285 MXN
485 UMAs$52,656 MXN
645 UMAs$70,028 MXN
805 UMAs$87,399 MXN
1,605 UMAs$174,255 MXN
2,410 UMAs$261,654 MXN
3,210 UMAs$348,511 MXN
8,025 UMAs$871,275 MXN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores de Negocio recomienda especial atencion al sistema dual de umbrales. Muchos de nuestros clientes confunden el umbral de identificacion con el de aviso. El umbral de identificacion es mas bajo: obliga a recabar datos del cliente. El umbral de aviso es mas alto: obliga ademas a notificar a la SHCP. Es fundamental actualizar los montos de referencia cada ano cuando cambia el valor de la UMA. Recomendamos establecer controles internos automatizados que detecten cuando una operacion se aproxima a los umbrales para activar los procedimientos de identificacion y aviso oportunamente. Un error comun es el 'fraccionamiento' de operaciones para evadir umbrales, lo cual esta expresamente prohibido y es sancionable. Las operaciones fraccionadas se acumulan para efectos de determinar si se alcanzo el umbral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LFPIORPI?

Establece los montos a partir de los cuales las actividades vulnerables deben ser identificadas y aquellos a partir de los cuales debe presentarse aviso ante la SHCP. Define el sistema dual de umbrales: uno para identificacion del cliente y otro, mas alto, para la obligacion de aviso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la Ley Antilavado?

SDV Asesores de Negocio recomienda especial atencion al sistema dual de umbrales. Muchos de nuestros clientes confunden el umbral de identificacion con el de aviso. El umbral de identificacion es mas bajo: obliga a recabar datos del cliente. El umbral de aviso es mas alto: obliga ademas a notificar a la SHCP. Es fundamental actualizar los montos de referencia cada ano cuando cambia el valor de la UMA. Recomendamos establecer controles internos automatizados que detecten cuando una operacion se aproxima a los umbrales para activar los procedimientos de identificacion y aviso oportunamente. Un error comun es el 'fraccionamiento' de operaciones para evadir umbrales, lo cual esta expresamente prohibido y es sancionable. Las operaciones fraccionadas se acumulan para efectos de determinar si se alcanzo el umbral.

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