Establece las medidas de apremio que el juzgador puede dictar para lograr el cumplimiento de las sentencias de amparo.
Para lograr el cumplimiento de sus sentencias, el órgano jurisdiccional de amparo podrá:
I. Imponer multas al titular de la autoridad responsable de hasta cien días de salario;
II. Comisionar al secretario del juzgado o a otra persona para que dé cumplimiento a la sentencia;
III. Solicitar el auxilio de la fuerza pública; y
IV. Decretar el arresto del servidor público remiso hasta por treinta y seis horas.
Las medidas de apremio se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento de sentencias de amparo permite al quejoso reclamar una indemnizacion. SDV Asesores evalua la viabilidad de esta accion cuando el incumplimiento de la autoridad fiscal ha causado danos economicos cuantificables al contribuyente que no pueden ser reparados mediante la ejecucion tardia de la sentencia.
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