LA

Artículo 213. Cumplimiento en materia fiscal

Regula las particularidades del cumplimiento de sentencias de amparo en materia fiscal, incluyendo la devolución de cantidades.

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Texto Legal

Artículo 213 — Cumplimiento en Materia Fiscal

Cuando la sentencia de amparo se conceda contra actos de autoridades fiscales, el cumplimiento comprenderá:

I. La nulificación del crédito fiscal declarado inconstitucional;

II. La devolución de las cantidades indebidamente cobradas, con actualización e intereses cuando procedan conforme a las leyes fiscales;

III. La cancelación de los procedimientos de ejecución derivados del acto anulado; y

IV. La restitución de los bienes que hubieren sido embargados o asegurados.

La autoridad fiscal deberá acreditar el cumplimiento ante el órgano jurisdiccional de amparo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las reglas complementarias sobre el cumplimiento de sentencias de amparo refuerzan la obligacion de la autoridad responsable de acatar las determinaciones judiciales. SDV Asesores las invoca cuando la autoridad fiscal intenta eludir el cumplimiento mediante interpretaciones restrictivas de los efectos de la sentencia o a traves de la emision de nuevos actos que disfracen la inejecucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 213 del LA?

Regula las particularidades del cumplimiento de sentencias de amparo en materia fiscal, incluyendo la devolución de cantidades.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 213 de la Ley de Amparo?

Las reglas complementarias sobre el cumplimiento de sentencias de amparo refuerzan la obligacion de la autoridad responsable de acatar las determinaciones judiciales. SDV Asesores las invoca cuando la autoridad fiscal intenta eludir el cumplimiento mediante interpretaciones restrictivas de los efectos de la sentencia o a traves de la emision de nuevos actos que disfracen la inejecucion.

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