LAg

Artículo 90. Regularizacion de asentamientos irregulares

Establece las bases para la regularizacion de los asentamientos humanos irregulares en tierras ejidales.

asentamientos-irregularesregularizacionnulidadrestitucion

Texto Legal

Articulo 90 - Regularizacion de Asentamientos Irregulares

Cuando se hubieren celebrado contratos o convenios que no se ajusten a lo dispuesto en esta ley, se podra solicitar al tribunal agrario la nulidad de dichos actos y la restitution de los bienes al nucleo de poblacion.

Los poseedores de buena fe de tierras ejidales podran regularizar su situacion conforme a las disposiciones de esta ley y las demas leyes aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La lotificacion de tierras ejidales para fines urbanos requiere acuerdo de asamblea y autorizacion de las autoridades de desarrollo urbano. Los lotes resultantes pueden venderse a terceros una vez que el ejidatario obtenga el dominio pleno. SDV Asesores asesora en la estructuracion de proyectos de urbanizacion de tierras ejidales, asegurando el cumplimiento de todos los requisitos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LAg?

Establece las bases para la regularizacion de los asentamientos humanos irregulares en tierras ejidales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la Ley Agraria?

La lotificacion de tierras ejidales para fines urbanos requiere acuerdo de asamblea y autorizacion de las autoridades de desarrollo urbano. Los lotes resultantes pueden venderse a terceros una vez que el ejidatario obtenga el dominio pleno. SDV Asesores asesora en la estructuracion de proyectos de urbanizacion de tierras ejidales, asegurando el cumplimiento de todos los requisitos legales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 90 del LAg?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 90 LAg desde tu celular