Se considera indebido utilizar fideicomisos de bienes raices para evitar el pago del IVA en la enajenacion de inmuebles comerciales o industriales, argumentando que se trata de cesion de derechos fideicomisarios.
Estructurar la venta de inmuebles comerciales o industriales a traves de fideicomisos, donde en lugar de enajenar el inmueble (operacion gravada con IVA), se ceden los derechos fideicomisarios, argumentando que dicha cesion no constituye enajenacion para efectos del IVA.
El propietario aporta un inmueble comercial a un fideicomiso. Posteriormente, en lugar de vender el inmueble, cede los derechos fideicomisarios a un tercero. Se argumenta que la cesion de derechos no es una enajenacion de bien inmueble y, por tanto, no causa IVA. El adquirente obtiene el control del inmueble sin pagar el impuesto.
- Articulos 8 y 14 del CFF (concepto de enajenacion)
- Articulo 1 de la Ley del IVA
- Articulo 381 de la Ley General de Titulos y Operaciones de Credito
- Determinacion de IVA: El SAT considera la cesion como enajenacion y determina el IVA omitido.
- Creditos fiscales: IVA con actualizacion, recargos y multas.
- Impuesto sobre adquisicion de inmuebles: Posible determinacion de ISAI estatal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
RIESGO MEDIO-ALTO. SDV recomienda que las operaciones inmobiliarias a traves de fideicomisos se analicen cuidadosamente para determinar si la cesion de derechos fideicomisarios constituye, en sustancia, una enajenacion de inmueble. La jurisprudencia ha evolucionado en este tema y el SAT ha adoptado una postura cada vez mas estricta.
Art. 6/IVA/NV. Acreditamiento de IVA sin flujo real de efectivo
Se considera indebido acreditar el IVA cuando el pago de la contraprestacion no implica un flujo real de recursos economicos, sino que se realiza mediante compensaciones o novaciones ficticias.
Art. 9/IVA/NV. Devolucion de IVA en periodo preoperativo sin proyecto viable
Se considera indebido solicitar la devolucion de saldos a favor de IVA generados durante periodos preoperativos cuando no existe un proyecto de inversion viable o la actividad gravada nunca se materializa.
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