CNV SAT

Artículo 3/CFF/NV. Uso indebido del buzon tributario y resistencia a notificaciones

Se considera indebido no habilitar el buzon tributario o negarse a recibir notificaciones electronicas del SAT para obstaculizar el ejercicio de las facultades de comprobacion.

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Texto Legal

Criterio 3/CFF/NV - Uso indebido del buzon tributario

Practica considerada indebida

No habilitar el buzon tributario, no registrar medios de contacto actualizados, o manipular la configuracion del buzon tributario para evitar la recepcion efectiva de notificaciones, requerimientos o actos de la autoridad fiscal.

Descripcion del esquema

El contribuyente no activa su buzon tributario, registra correos electronicos invalidos, no actualiza sus datos de contacto, o deliberadamente no consulta los mensajes recibidos. El objetivo es retrasar o impedir que las notificaciones de la autoridad surtan efectos legales y asi obstaculizar los procedimientos de fiscalizacion.

Fundamento legal

- Articulo 17-K del CFF (buzon tributario obligatorio)
- Articulo 86-C del CFF (multa por no habilitar buzon tributario)
- Articulo 17-H fraccion X del CFF (cancelacion de CSD por no habilitar buzon)

Consecuencias

- Multas: De $3,850 a $11,540 por no habilitar el buzon tributario.
- Cancelacion de sellos digitales: El SAT puede cancelar el CSD por no tener buzon activo.
- Notificacion por estrados: Las notificaciones se realizan por estrados y surten efectos legales aun sin conocimiento del contribuyente.
- Presuncion de conformidad: La falta de respuesta a requerimientos genera presuncion en contra del contribuyente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO MEDIO. SDV recomienda mantener el buzon tributario habilitado y activo con un correo electronico vigente que se consulte regularmente. Las notificaciones por buzon tributario tienen plenos efectos legales y los plazos empiezan a correr desde la apertura del mensaje (o 3 dias despues del envio si no se abre). Ignorar el buzon no evita las consecuencias legales, las agrava.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3/CFF/NV del CNV SAT?

Se considera indebido no habilitar el buzon tributario o negarse a recibir notificaciones electronicas del SAT para obstaculizar el ejercicio de las facultades de comprobacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3/CFF/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO MEDIO. SDV recomienda mantener el buzon tributario habilitado y activo con un correo electronico vigente que se consulte regularmente. Las notificaciones por buzon tributario tienen plenos efectos legales y los plazos empiezan a correr desde la apertura del mensaje (o 3 dias despues del envio si no se abre). Ignorar el buzon no evita las consecuencias legales, las agrava.

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