Se considera indebido realizar pagos por servicios, regalias o intereses a partes relacionadas residentes en el extranjero cuando no existe sustancia economica real ni se demuestra que los precios son de mercado.
Realizar pagos por concepto de servicios intragrupo, regalias, asistencia tecnica o intereses a partes relacionadas residentes en el extranjero, cuando dichas operaciones carecen de sustancia economica y tienen como finalidad principal erosionar la base gravable en Mexico.
El contribuyente mexicano realiza pagos al extranjero por conceptos como servicios de gestion, regalias por uso de marca o know-how, o intereses por prestamos intragrupo, a precios superiores a los de mercado. La entidad receptora en el extranjero se encuentra en una jurisdiccion de baja o nula imposicion, y carece de personal, oficinas o capacidad real para prestar los servicios facturados.
- Articulos 27 fraccion XIII, 76 fracciones IX y XII, 179 y 180 de la Ley del ISR
- Articulos 11 y 12 de la Ley del ISR (establecimiento permanente)
- Guias OCDE sobre Precios de Transferencia
- Articulo 5-A del CFF (razon de negocios y beneficio economico)
- Rechazo de la deduccion: Los pagos se consideran no deducibles si no se acredita la sustancia economica.
- Ajuste de precios de transferencia: El SAT puede ajustar el monto deducible al precio de mercado.
- Retencion omitida: Si se determina que la retencion de ISR fue insuficiente, se generan creditos fiscales con accesorios.
- Multas: Del 55% al 75% sobre la contribucion omitida. En caso de simulacion, se puede configurar defraudacion fiscal calificada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
RIESGO ALTO. SDV recomienda a sus clientes que toda operacion intercompany internacional cuente con estudio de precios de transferencia actualizado y que se documente la sustancia economica del prestador extranjero. Las reformas BEPS de la OCDE han reforzado la capacidad del SAT para intercambiar informacion con otras jurisdicciones. Es indispensable contar con documentacion comprobatoria local y master file.
Art. 1/ISR/NV. Sueldos y salarios. Outsourcing indebido para disminuir carga fiscal
El SAT considera practica fiscal indebida la subcontratacion de personal con el unico proposito de reducir las obligaciones en materia de ISR por salarios, PTU y cuotas de seguridad social, sin que exista una razon de negocio genuina.
Art. 3/ISR/NV. Capitalizacion delgada. Exceso de deudas con partes relacionadas
El SAT considera indebido el financiamiento excesivo mediante deudas con partes relacionadas (capitalizacion delgada) para deducir intereses y erosionar la base gravable del ISR en Mexico.
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