CNV SAT

Artículo 2/IEPS/NV. Omision del IEPS en alimentos con alta densidad calorica

Se considera indebido no pagar el IEPS del 8% aplicable a alimentos no basicos con densidad calorica de 275 kilocalorias o mayor por cada 100 gramos, argumentando que son productos basicos.

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Texto Legal

Criterio 2/IEPS/NV - Omision del IEPS en alimentos con alta densidad calorica

Practica considerada indebida

No pagar el IEPS del 8% aplicable a alimentos no basicos con densidad calorica de 275 kilocalorias o mayor por cada 100 gramos, clasificandolos indebidamente como "alimentos basicos" que estan exentos del impuesto.

Descripcion del esquema

Fabricantes e importadores de botanas, confiteria, chocolates, productos de cacahuate, helados y otros alimentos de alta densidad calorica argumentan que sus productos son "alimentos basicos" o modifican la informacion nutrimental en el etiquetado para reflejar menos de 275 kilocalorias por cada 100 gramos.

Fundamento legal

- Articulo 2, fraccion I, inciso J) de la Ley del IEPS (alimentos no basicos)
- Articulo 3, fraccion XXVII de la Ley del IEPS (alimentos no basicos con alta densidad calorica)
- Articulo 19 de la Ley del IEPS (obligaciones de contribuyentes)

Consecuencias

- IEPS omitido: Se determina el 8% de IEPS no pagado sobre la enajenacion e importacion.
- Actualizacion y recargos: Accesorios desde la fecha de omision.
- Multas: Del 55% al 75% sobre el IEPS omitido.
- Sanciones de Cofepris: Multas por informacion nutrimental incorrecta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

RIESGO MEDIO-ALTO. SDV recomienda que la densidad calorica se determine conforme a los lineamientos de la Cofepris y las normas oficiales mexicanas aplicables. La informacion nutrimental del etiquetado debe ser consistente con los analisis de laboratorio del producto. El SAT puede solicitar dictamenes periciales para verificar la composicion real.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2/IEPS/NV del CNV SAT?

Se considera indebido no pagar el IEPS del 8% aplicable a alimentos no basicos con densidad calorica de 275 kilocalorias o mayor por cada 100 gramos, argumentando que son productos basicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2/IEPS/NV de la Criterios No Vinculativos SAT?

RIESGO MEDIO-ALTO. SDV recomienda que la densidad calorica se determine conforme a los lineamientos de la Cofepris y las normas oficiales mexicanas aplicables. La informacion nutrimental del etiquetado debe ser consistente con los analisis de laboratorio del producto. El SAT puede solicitar dictamenes periciales para verificar la composicion real.

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