Establece que los contribuyentes del RESICO personas fisicas cumplen con la obligacion de llevar contabilidad con el solo registro de sus ingresos y deducciones en el aplicativo 'Mis Cuentas' del portal del SAT, sin obligacion de enviar contabilidad electronica.
Para los efectos de los articulos 28 del CFF y 113-G de la Ley del ISR, los contribuyentes del RESICO personas fisicas cumplen con la obligacion de llevar contabilidad conforme a lo siguiente:
Los contribuyentes del RESICO personas fisicas utilizaran la herramienta "Mis Cuentas" disponible en el portal del SAT para:
- Registrar sus ingresos del periodo.
- Registrar sus gastos y deducciones autorizadas.
- Emitir y consultar CFDI de ingresos.
- Generar reportes de ingresos y gastos.
Los contribuyentes del RESICO personas fisicas no estan obligados a:
- Enviar balanzas de comprobacion mensuales al SAT.
- Enviar catalogo de cuentas contables.
- Llevar contabilidad formal en sistemas contables con formato XML.
- Enviar polizas ni auxiliares de cuenta.
Aunque la contabilidad es simplificada, los contribuyentes deben conservar:
- Los CFDI que amparen sus ingresos y deducciones.
- Los estados de cuenta bancarios que soporten sus operaciones.
- La documentacion que acredite el monto de sus gastos deducibles.
La simplificacion contable es uno de los principales atractivos del RESICO, pues reduce significativamente la carga administrativa y los costos de cumplimiento fiscal para las personas fisicas con ingresos menores. No se requiere contratar un contador para el llevado formal de la contabilidad, aunque si es recomendable para el cumplimiento correcto de obligaciones.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La contabilidad simplificada del RESICO es una ventaja enorme para emprendedores y pequenos negocios. Sin embargo, la simplificacion no significa descuido. Aunque no se requiere enviar balanzas ni catálogo de cuentas, es fundamental conservar la documentacion soporte de ingresos y gastos. En caso de una revision del SAT, el contribuyente debera demostrar que cumple los requisitos del RESICO, incluyendo el limite de ingresos. Recomendamos llevar un control basico en hoja de calculo o en Mis Cuentas como respaldo.
Art. 2.8.1.1. Contabilidad electronica: obligacion de llevarla
Establece la obligacion de los contribuyentes de llevar contabilidad electronica conforme a los lineamientos del SAT, incluyendo el catalogo de cuentas, balanzas de comprobacion mensuales y polizas del periodo, asi como los plazos y medios para su envio.
Art. 3.13.1. RESICO personas fisicas: sujetos y requisitos
Establece quienes pueden tributar en el Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas, los requisitos de ingresos, las actividades permitidas y las causales de salida del regimen.
Art. 3.13.2. RESICO personas fisicas: calculo del ISR
Detalla la mecanica de calculo del ISR en el Regimen Simplificado de Confianza para personas fisicas, incluyendo la tabla de tasas progresivas sobre ingresos cobrados, la periodicidad de los pagos y el tratamiento de retenciones.
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