Detalla los requisitos del catalogo de cuentas contables que los contribuyentes deben enviar al SAT, incluyendo la obligacion de asociar cada cuenta contable con el codigo agrupador del SAT publicado en el Anexo 24 de la RMF.
Para los efectos de la regla 2.8.1.1, el catalogo de cuentas se enviara conforme a lo siguiente:
El catalogo de cuentas debe contener:
- Codigo de la cuenta: numero o clave asignada por el contribuyente a cada cuenta contable.
- Descripcion de la cuenta: nombre descriptivo de la cuenta.
- Subcuentas y auxiliares: desglose a los niveles que el contribuyente utilice.
- Codigo agrupador del SAT: clave del catalogo publicado en el Anexo 24 de la RMF que corresponda a cada cuenta.
- Naturaleza: deudora o acreedora.
El Anexo 24 de la RMF contiene el catalogo de codigos agrupadores que clasifica las cuentas contables en las siguientes categorias principales:
- 100 - Activos
- 200 - Pasivos
- 300 - Capital contable
- 400 - Ingresos
- 500 - Costos
- 600 - Gastos
- 700 - Resultado integral de financiamiento
- 800 - Cuentas de orden
- El catalogo se envia por primera vez cuando el contribuyente inicia la obligacion de contabilidad electronica.
- Se envia nuevamente cada vez que haya modificaciones en la estructura de cuentas.
- El envio se realiza a traves del buzon tributario en formato XML.
Es responsabilidad del contribuyente asociar correctamente cada cuenta contable con el codigo agrupador del SAT. Una asociacion incorrecta puede generar inconsistencias en los reportes que la autoridad genera automaticamente a partir de la contabilidad electronica.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La contabilidad electronica y el catalogo de cuentas con codigo agrupador del SAT son obligatorios para la mayoria de contribuyentes. En SDV Asesores de Negocio configuramos los sistemas contables de nuestros clientes conforme al codigo agrupador vigente, asegurando la correcta generacion de archivos XML para su envio al SAT.
Art. 2.8.1.1. Contabilidad electronica: obligacion de llevarla
Establece la obligacion de los contribuyentes de llevar contabilidad electronica conforme a los lineamientos del SAT, incluyendo el catalogo de cuentas, balanzas de comprobacion mensuales y polizas del periodo, asi como los plazos y medios para su envio.
Art. 2.8.1.5. Contabilidad simplificada para RESICO personas fisicas
Establece que los contribuyentes del RESICO personas fisicas cumplen con la obligacion de llevar contabilidad con el solo registro de sus ingresos y deducciones en el aplicativo 'Mis Cuentas' del portal del SAT, sin obligacion de enviar contabilidad electronica.
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