Establece las reglas especiales para la inscripcion de trabajadores eventuales, incluyendo la determinacion de su salario base de cotizacion y la vigencia de su aseguramiento.
Los trabajadores eventuales seran inscritos conforme a las siguientes reglas especiales:
Se considera trabajador eventual aquel que presta servicios para uno o varios patrones por periodos que en ningun caso podran ser superiores a veintisiete semanas por cada patron. Si rebasare dicho periodo, sera considerado trabajador permanente.
El aviso de inscripcion del trabajador eventual debera indicar:
- La fecha de inicio de la relacion laboral
- La fecha estimada de terminacion del trabajo
- La naturaleza de los servicios a prestar
- El salario base de cotizacion correspondiente
El aseguramiento del trabajador eventual estara vigente desde la fecha de inicio indicada en el aviso de inscripcion hasta la fecha en que se presente el aviso de baja correspondiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El limite de veintisiete semanas es critico: si se rebasa, el trabajador se considera permanente con todas las consecuencias legales. En la practica, algunos patrones utilizan la figura del trabajador eventual para evitar obligaciones laborales, pero si el IMSS detecta que el trabajador supero las veintisiete semanas, puede reclasificarlo como permanente y generar diferencias de cuotas. Recomendamos llevar un control estricto de la duracion de las relaciones laborales eventuales.
Art. 18. Obligacion de inscripcion de trabajadores
Establece la obligacion fundamental del patron de inscribir a todos sus trabajadores ante el IMSS. Es una de las obligaciones mas importantes en materia de seguridad social.
Art. 23. Verificacion de datos del trabajador
Establece el procedimiento de verificacion de los datos del trabajador proporcionados por el patron, y las acciones que debe tomar el Instituto cuando detecte inconsistencias.
Art. 25. Inscripcion de trabajadores de la construccion
Regula las disposiciones especiales para la inscripcion de trabajadores de la industria de la construccion, dada la naturaleza temporal y movil de esta actividad.
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