RLSS

Artículo 206. Ampliacion del embargo

Establece los supuestos en los que el IMSS puede ampliar el embargo de bienes del patron cuando los originalmente embargados resulten insuficientes para cubrir el credito fiscal.

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Texto Legal

Articulo 206 — Ampliacion del Embargo

El Instituto podra ampliar el embargo cuando los bienes embargados sean insuficientes para cubrir el credito fiscal y sus accesorios, o cuando los bienes hayan sufrido disminucion en su valor.

Procedimiento

La ampliacion se practicara siguiendo las mismas formalidades que el embargo original, levantandose acta circunstanciada y respetando el orden de prelacion establecido.

Sustitucion de bienes

El patron podra solicitar la sustitucion de los bienes embargados por otros de igual o mayor valor, siempre que estos sean de facil realizacion y garanticen suficientemente el interes fiscal del Instituto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La posibilidad de solicitar la sustitucion de bienes embargados es una herramienta estrategica para los patrones. Si el IMSS embargo bienes esenciales para la operacion del negocio, el patron puede ofrecer otros bienes de igual o mayor valor que sean de facil realizacion. Esto permite mantener la continuidad operativa mientras se tramitan los medios de defensa o se negocia un convenio de pago.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 206 del RLSS?

Establece los supuestos en los que el IMSS puede ampliar el embargo de bienes del patron cuando los originalmente embargados resulten insuficientes para cubrir el credito fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 206 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La posibilidad de solicitar la sustitucion de bienes embargados es una herramienta estrategica para los patrones. Si el IMSS embargo bienes esenciales para la operacion del negocio, el patron puede ofrecer otros bienes de igual o mayor valor que sean de facil realizacion. Esto permite mantener la continuidad operativa mientras se tramitan los medios de defensa o se negocia un convenio de pago.

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