RLSS

Artículo 186. Oficio de observaciones en revision de gabinete

Establece el procedimiento para emitir el oficio de observaciones al patron una vez concluida la revision de gabinete, otorgando un plazo para que desvirtue los hechos u omisiones detectados.

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Texto Legal

Articulo 186 — Oficio de Observaciones

Concluida la revision de gabinete, el Instituto emitira un oficio de observaciones al patron en el que hara constar los hechos u omisiones detectados durante la revision.

Plazo para desvirtuar

El patron contara con un plazo de veinte dias habiles siguientes a la notificacion del oficio de observaciones para presentar los documentos, libros y registros que desvirtuen las irregularidades detectadas.

Resolucion

Transcurrido el plazo, el Instituto emitira la resolucion correspondiente dentro de los seis meses siguientes, en la que determinara, en su caso, las diferencias en cuotas y los creditos fiscales a cargo del patron.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El oficio de observaciones en revision de gabinete otorga un plazo de veinte dias habiles para desvirtuar irregularidades. Este plazo es perentorio y debe aprovecharse integramente para reunir y presentar la documentacion que desvirtue los hallazgos del Instituto. Ademas, si el IMSS no emite la resolucion dentro de los seis meses posteriores, las actuaciones pierden efecto, lo que constituye un medio de defensa importante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 186 del RLSS?

Establece el procedimiento para emitir el oficio de observaciones al patron una vez concluida la revision de gabinete, otorgando un plazo para que desvirtue los hechos u omisiones detectados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 186 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El oficio de observaciones en revision de gabinete otorga un plazo de veinte dias habiles para desvirtuar irregularidades. Este plazo es perentorio y debe aprovecharse integramente para reunir y presentar la documentacion que desvirtue los hallazgos del Instituto. Ademas, si el IMSS no emite la resolucion dentro de los seis meses posteriores, las actuaciones pierden efecto, lo que constituye un medio de defensa importante.

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