Establece los supuestos en los que el IMSS puede ejercer directamente sus facultades de comprobacion respecto de patrones que hayan dictaminado sus obligaciones, sin agotar primero la revision del dictamen.
El Instituto podra ejercer directamente sus facultades de comprobacion respecto del patron, sin agotar previamente la revision del dictamen, en los siguientes casos:
- Cuando en el dictamen existan abstenciones de opinion, salvedades o negativa que tengan implicacion en el cumplimiento de las obligaciones patronales
- Cuando el patron haya sido declarado en quiebra o suspension de pagos
- Cuando se trate de patrones que hayan sido objeto de determinacion presuntiva de cuotas
En estos casos, el Instituto debera notificar al patron las razones por las que se ejerce la facultad de comprobacion directa, sin que sea necesario revisar previamente el dictamen del contador publico.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los supuestos de auditoria directa al patron dictaminado son excepcionales y deben estar debidamente justificados. Si el IMSS pretende fiscalizar directamente sin revisar primero el dictamen, el patron debe verificar que se actualice alguno de los supuestos legales. La notificacion de las razones de la revision directa es obligatoria y su omision puede constituir un vicio de legalidad impugnable.
Art. 181. Revision del dictamen de contador publico
Regula el procedimiento que debe seguir el IMSS cuando ejerza sus facultades de fiscalizacion respecto de patrones cuyos estados financieros hayan sido dictaminados por contador publico autorizado.
Art. 183. Responsabilidad del contador publico dictaminador
Define la responsabilidad del contador publico autorizado que dictamina el cumplimiento de obligaciones patronales ante el IMSS, incluyendo las consecuencias por emision de dictamenes falsos o con errores graves.
Art. 185. Revision de gabinete por el IMSS
Regula el procedimiento de revision de gabinete mediante el cual el IMSS requiere al patron la presentacion de documentacion en las oficinas del Instituto para verificar el cumplimiento de sus obligaciones.
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