Establece las multas aplicables a los patrones que incumplan con la obligacion de pago oportuno de las cuotas obrero-patronales, indicando los rangos y criterios de imposicion.
Los patrones que no cumplan con la obligacion de pagar las cuotas obrero-patronales en los plazos establecidos seran sujetos a las multas previstas en la Ley del Seguro Social.
Las multas se impondran conforme a los rangos establecidos en la Ley, considerando la gravedad de la infraccion, la capacidad economica del patron y la reincidencia.
Para la imposicion de multas se considerara:
- Si el pago fue espontaneo o requerido
- El numero de bimestres omitidos
- El monto de las cuotas no pagadas
- La reincidencia del patron en la infraccion
Las multas son independientes de la actualizacion y los recargos, y se imponen adicionalmente a estos como sancion por el incumplimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas por incumplimiento en pago de cuotas son independientes de la actualizacion y los recargos, lo que significa que se suman al costo total del adeudo. El monto de la multa depende de la gravedad de la infraccion, la capacidad economica del patron y la reincidencia. El pago espontaneo extemporaneo excluye multas, lo que refuerza la importancia de regularizar adeudos antes de ser requerido por el Instituto.
Art. 156. Plazos de pago de cuotas obrero-patronales
Establece los plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, fijando como fecha limite el dia diecisiete del mes siguiente al bimestre vencido, con reglas especiales para dias inhabiles.
Art. 164. Recargos por pago extemporaneo
Establece la obligacion de pagar recargos cuando las cuotas obrero-patronales no se cubran en los plazos legales, determinando la tasa aplicable y la forma de calculo de los recargos.
Art. 166. Creditos fiscales del IMSS
Define la naturaleza de credito fiscal de las cuotas, capitales constitutivos, actualizaciones, recargos y multas que los patrones adeuden al Instituto, y su exigibilidad mediante el procedimiento administrativo de ejecucion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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