Regula el procedimiento para resolver discrepancias entre los datos de siniestralidad del patron y los registros del Instituto, estableciendo los medios de aclaracion disponibles.
Cuando existan discrepancias entre los datos de siniestralidad registrados por el patron y los que obren en los registros del Instituto, se seguira el siguiente procedimiento:
El patron podra solicitar ante la subdelegacion correspondiente la aclaracion de los datos, aportando la documentacion que sustente su posicion.
El Instituto resolvera la aclaracion dentro de un plazo de veinte dias habiles contados a partir de la recepcion de la solicitud, notificando al patron el resultado y los datos corregidos en su caso.
Si la aclaracion se resuelve antes del vencimiento del plazo para la presentacion de la declaracion anual, el patron debera utilizar los datos corregidos. En caso contrario, presentara la declaracion con los datos disponibles y realizara el ajuste mediante declaracion complementaria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las discrepancias entre los registros del patron y del IMSS son mas comunes de lo que se piensa. Pueden deberse a accidentes en trayecto incluidos indebidamente, casos atribuidos a otro registro patronal, o incapacidades mal calificadas. El plazo de 20 dias habiles para que el IMSS resuelva la aclaracion es importante, pues si no se resuelve antes de la fecha limite de la declaracion, debera presentarse con los datos disponibles y ajustar despues.
Art. 118. Declaracion complementaria de la prima
Permite al patron presentar declaraciones complementarias de la prima cuando detecte errores u omisiones en la declaracion original, estableciendo los plazos y efectos de la correccion.
Art. 125. Informacion del IMSS sobre siniestralidad
Establece la obligacion del Instituto de proporcionar a los patrones la informacion sobre los casos de riesgos de trabajo registrados, para facilitar el calculo de la prima.
Art. 127. Conservacion de registros de siniestralidad
Establece la obligacion del patron de llevar y conservar registros detallados de los riesgos de trabajo ocurridos en su empresa, como soporte para la determinacion de la prima.
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Art. 125. Informacion del IMSS sobre siniestralidad
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