Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a declaracion anual de los demas ingresos pf, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 150 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 150 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Para el tratamiento de los demas ingresos de personas fisicas, se establecen las disposiciones relativas a declaracion anual de los demas ingresos pf.
Estos ingresos se acumularan en el momento en que sean efectivamente percibidos por el contribuyente.
La base gravable se determinara conforme a las reglas especificas del tipo de ingreso, sin que proceda deduccion alguna salvo disposicion expresa.
El contribuyente efectuara el pago provisional del impuesto conforme a la tarifa del articulo 96 de la Ley.
Estos ingresos se acumularan a los demas ingresos en la declaracion anual del ejercicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La declaracion anual por los demas ingresos de personas fisicas debe incluir la totalidad de estos conceptos junto con los ingresos de otros capitulos. SDV Asesores recomienda llevar un registro detallado de cada ingreso atipico durante el ejercicio para facilitar la preparacion de la declaracion. Los pagos provisionales efectuados se acreditan contra el ISR determinado en la declaracion anual.
Art. 127. Declaracion anual de personas fisicas plazo y contenido
Regula el tratamiento fiscal de declaracion anual de personas fisicas plazo y contenido, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 150 de la Ley.
Art. 226. Demas ingresos de personas fisicas clasificacion
Establece las reglas para demas ingresos de personas fisicas clasificacion, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 141 de la Ley.
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Art. 234. Pagos provisionales por los demas ingresos PF
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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