RLISR

Artículo 135. Calculo del ISR en pagos por separacion

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a calculo del isr en pagos por separacion, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 96 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 135 — Calculo del ISR en pagos por separacion

Para los efectos de el articulo 96 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Ultimo sueldo mensual ordinario

Para los efectos del tratamiento fiscal de los ingresos por sueldos y salarios, se regulan las disposiciones sobre ultimo sueldo mensual ordinario.

II. Anos de servicio

Se establecen las reglas especificas aplicables a anos de servicio conforme a las disposiciones de la Ley.

III. Tarifa del articulo 152

El procedimiento de calculo para tarifa del articulo 152 se realizara conforme a las tarifas y tablas vigentes.

IV. Impuesto al excedente gravable

Las disposiciones sobre impuesto al excedente gravable se observaran conforme a las reglas generales de retencion y entero.

V. Procedimiento especial de calculo

Los empleadores deberan cumplir con las obligaciones de procedimiento especial de calculo en los plazos establecidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El calculo del ISR en pagos por separacion distingue entre la parte gravada acumulable y la no acumulable, aplicando un procedimiento especifico. SDV Asesores senala que la parte no acumulable se grava a la tasa efectiva del ultimo ano de servicio, lo cual puede reducir significativamente el impuesto. Errores en este calculo son comunes y pueden generar retenciones excesivas que perjudican al trabajador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 135 del RLISR?

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a calculo del isr en pagos por separacion, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 96 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 135 de la Reglamento LISR?

El calculo del ISR en pagos por separacion distingue entre la parte gravada acumulable y la no acumulable, aplicando un procedimiento especifico. SDV Asesores senala que la parte no acumulable se grava a la tasa efectiva del ultimo ano de servicio, lo cual puede reducir significativamente el impuesto. Errores en este calculo son comunes y pueden generar retenciones excesivas que perjudican al trabajador.

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