Establece las reglas para la transferencia de las funciones, atribuciones, recursos materiales, financieros y humanos de las unidades administrativas de la SHCP que pasaron al SAT, garantizando la continuidad del servicio durante el periodo de transicion.
Las funciones y atribuciones que conforme a las leyes y reglamentos correspondan a las unidades administrativas de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico que se incorporen al Servicio de Administracion Tributaria, se entenderan conferidas a este ultimo.
La transferencia abarco:
I. Las funciones de recaudacion, comprobacion, determinacion y cobro de contribuciones federales.
II. Las funciones de inspeccion y vigilancia aduanera.
III. Los recursos materiales (inmuebles, vehiculos, equipo de computo) asignados a las unidades transferidas.
IV. Los recursos financieros correspondientes al presupuesto de las unidades que se incorporaron al SAT.
V. Los recursos humanos, incluyendo los derechos y obligaciones laborales.
La transferencia se realizo bajo el principio de continuidad del servicio publico:
| Aspecto | Regla de transicion |
|---|---|
| **Tramites en curso** | Continuaron sin interrupcion bajo la competencia del SAT |
| **Resoluciones previas** | Mantuvieron su validez juridica |
| **Convenios vigentes** | Fueron asumidos por el SAT |
| **Juicios en proceso** | El SAT asumio la representacion del fisco federal |
| **Creditos fiscales** | Pasaron a la administracion del SAT |
La transferencia se formalizo mediante actas de entrega-recepcion que documentaron:
1. El inventario de bienes muebles e inmuebles transferidos
2. Los expedientes y archivos entregados
3. El personal transferido con su situacion laboral
4. Los asuntos pendientes de resolucion
5. Los recursos financieros disponibles
Todas las referencias legales a las unidades de la SHCP que fueron absorbidas por el SAT se entienden hechas al SAT. Esta regla de interpretacion evito la necesidad de reformar inmediatamente decenas de leyes y reglamentos que hacian referencia a la antigua estructura de la Subsecretaria de Ingresos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El articulo 32 tiene relevancia historica y juridica. En SDV Asesores hemos utilizado estas disposiciones transitorias para resolver controversias sobre la validez de actos emitidos durante el periodo de transicion. La regla de continuidad es particularmente importante porque garantiza que los actos de la SHCP anteriores a 1997 mantienen su validez. Asimismo, la regla de interpretacion que redirige las referencias legales de la SHCP al SAT sigue siendo relevante cuando se analizan fundamentos legales en leyes que no han sido actualizadas.
Art. 1. Naturaleza juridica del SAT
Establece que el Servicio de Administracion Tributaria es un organo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico, con el caracter de autoridad fiscal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas que senala esta ley.
Art. 31. Entrada en vigor y disposiciones transitorias
Contiene las disposiciones transitorias de la Ley del SAT, estableciendo la entrada en vigor de la ley, las reglas de transicion para el personal y la transferencia de recursos de la SHCP al nuevo organismo.
Art. 33. Regimen de transicion del personal
Regula el regimen de transicion del personal que fue transferido de la SHCP al SAT, protegiendo sus derechos laborales adquiridos y estableciendo las reglas para su incorporacion al Servicio Fiscal de Carrera.
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