LGMASC

Artículo 32. Capacitacion y formacion de facilitadores

Regula los programas de capacitacion para facilitadores de MASC, incluyendo contenidos minimos, instituciones autorizadas, duracion y evaluacion de competencias.

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Texto Legal

Articulo 32 — Capacitacion y Formacion de Facilitadores

La capacitacion de los facilitadores de mecanismos alternativos se regira por las siguientes disposiciones para garantizar un nivel uniforme de competencia profesional en todo el pais.

Programas de capacitacion

I. Los programas de capacitacion para facilitadores deberan cubrir como minimo los siguientes contenidos:

a) Teoria del conflicto y modelos de resolucion;

b) Principios y tecnicas de mediacion;

c) Principios y tecnicas de conciliacion;

d) Fundamentos del arbitraje;

e) Marco juridico de los mecanismos alternativos;

f) Etica profesional del facilitador;

g) Habilidades de comunicacion y escucha activa;

h) Perspectiva de genero y derechos humanos;

i) Practica supervisada con casos simulados.

Instituciones capacitadoras

I. La capacitacion podra ser impartida por instituciones de educacion superior, centros de justicia alternativa, colegios de profesionales y organismos especializados que cuenten con la autorizacion de la autoridad competente.

II. Los programas de capacitacion deberan ser registrados y evaluados periodicamente por la autoridad competente para garantizar su calidad y actualizacion.

Evaluacion de competencias

I. Al concluir la capacitacion, los aspirantes deberan aprobar una evaluacion de competencias que incluya aspectos teoricos y practicos.

II. La evaluacion practica debera incluir la conduccion de al menos un caso simulado ante evaluadores certificados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La capacitacion continua de facilitadores es esencial para garantizar la calidad de los MASC. En SDV Asesores de Negocio consideramos que las empresas que recurren a mediacion o conciliacion deben verificar que los facilitadores cuenten con la formacion adecuada en la materia especifica de su controversia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LGMASC?

Regula los programas de capacitacion para facilitadores de MASC, incluyendo contenidos minimos, instituciones autorizadas, duracion y evaluacion de competencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la Ley MASC?

La capacitacion continua de facilitadores es esencial para garantizar la calidad de los MASC. En SDV Asesores de Negocio consideramos que las empresas que recurren a mediacion o conciliacion deben verificar que los facilitadores cuenten con la formacion adecuada en la materia especifica de su controversia.

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