Regula los programas de capacitacion para facilitadores de MASC, incluyendo contenidos minimos, instituciones autorizadas, duracion y evaluacion de competencias.
La capacitacion de los facilitadores de mecanismos alternativos se regira por las siguientes disposiciones para garantizar un nivel uniforme de competencia profesional en todo el pais.
I. Los programas de capacitacion para facilitadores deberan cubrir como minimo los siguientes contenidos:
a) Teoria del conflicto y modelos de resolucion;
b) Principios y tecnicas de mediacion;
c) Principios y tecnicas de conciliacion;
d) Fundamentos del arbitraje;
e) Marco juridico de los mecanismos alternativos;
f) Etica profesional del facilitador;
g) Habilidades de comunicacion y escucha activa;
h) Perspectiva de genero y derechos humanos;
i) Practica supervisada con casos simulados.
I. La capacitacion podra ser impartida por instituciones de educacion superior, centros de justicia alternativa, colegios de profesionales y organismos especializados que cuenten con la autorizacion de la autoridad competente.
II. Los programas de capacitacion deberan ser registrados y evaluados periodicamente por la autoridad competente para garantizar su calidad y actualizacion.
I. Al concluir la capacitacion, los aspirantes deberan aprobar una evaluacion de competencias que incluya aspectos teoricos y practicos.
II. La evaluacion practica debera incluir la conduccion de al menos un caso simulado ante evaluadores certificados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacitacion continua de facilitadores es esencial para garantizar la calidad de los MASC. En SDV Asesores de Negocio consideramos que las empresas que recurren a mediacion o conciliacion deben verificar que los facilitadores cuenten con la formacion adecuada en la materia especifica de su controversia.
Art. 31. Requisitos para ser facilitador
Establece los requisitos para ser facilitador de MASC: formacion profesional, capacitacion especializada, certificacion, registro oficial y actualizacion continua.
Art. 33. Certificacion y renovacion de facilitadores
Detalla el procedimiento de certificacion de facilitadores, los requisitos de renovacion trianual y las consecuencias de la falta de renovacion oportuna.
Art. 34. Impedimentos y excusas de los facilitadores
Regula las causales de impedimento y excusa de los facilitadores: conflictos de interes, relaciones previas con las partes, interes personal en el resultado y demas causas de parcialidad.
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