Establece las reglas para determinar el costo de lo vendido en empresas comercializadoras (no fabricantes). El costo se integra por el precio de adquisición de las mercancías, más gastos de importación, fletes y seguros directamente relacionados.
Las personas morales que realicen actividades comerciales que consistan en la adquisición y enajenación de mercancías, considerarán como costo:
I. El precio de adquisición de las mercancías.
II. Los impuestos de importación y los derechos sobre comercio exterior.
III. Los fletes, seguros y acarreos relacionados con la adquisición.
IV. Los gastos de manejo y almacenaje directamente relacionados con la mercancía.
Para mercancías importadas, el costo incluye:
- Valor de la mercancía en la aduana
- Impuesto general de importación
- DTA (Derecho de Trámite Aduanero)
- Prevalidación y honorarios del agente aduanal
- Fletes nacionales e internacionales
Las mercancías recibidas en consignación no forman parte del inventario del consignatario hasta que se enajenan. El costo se registra al momento de la venta.
Los descuentos, bonificaciones y devoluciones sobre compras disminuyen el costo de adquisición de las mercancías.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas comercializadoras determinan el costo de lo vendido con base en metodos de valuacion de inventarios autorizados. SDV ayuda a seleccionar el metodo optimo (PEPS, costo identificado, promedio) considerando tanto el impacto fiscal como la operacion del negocio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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