Establece la retención del ISR a residentes en el extranjero por comisiones y mediaciones de fuente de riqueza en México.
Los residentes en el extranjero que obtengan ingresos por comisiones o mediaciones de fuente de riqueza en México pagarán el 25% sobre el ingreso, sin deducción alguna.
Se ubica en México cuando el servicio de mediación o comisión se preste en el país.
El pagador residente en México deberá retener y enterar el ISR.
Los tratados pueden reclasificar estos ingresos como beneficios empresariales gravables solo si hay EP.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las comisiones y mediaciones pagadas a residentes en el extranjero estan sujetas a retencion del 25%. SDV verifica la aplicacion de tratados y la correcta clasificacion del pago como comision, beneficio empresarial o servicio independiente segun el convenio bilateral.
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