Establece el ISR aplicable a residentes en el extranjero por la ganancia en enajenación de bienes inmuebles ubicados en México. La tasa es del 25% sobre el ingreso bruto o del 35% sobre la ganancia neta.
Los residentes en el extranjero que enajenen bienes inmuebles ubicados en México pagarán ISR:
Opción A: Se retiene el 25% sobre el ingreso total, sin deducción alguna.
Opción B: Se retiene el 35% sobre la ganancia neta (ingreso menos deducciones del artículo 121).
Se ubica en México cuando el inmueble esté situado en territorio nacional.
El notario público que formalice la enajenación calculará y retendrá el ISR, enterándolo dentro de los 15 días siguientes.
El residente en el extranjero deberá designar un representante legal en México para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La mayoría de los tratados permiten la tributación en el país de ubicación del inmueble.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La enajenacion de inmuebles en Mexico por residentes en el extranjero esta gravada con retencion del 25% sobre el total o el 35% sobre la ganancia. SDV calcula la opcion mas favorable y prepara la documentacion para acreditar el costo comprobado de adquisicion.
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