LISR

Artículo 161. Residentes en el extranjero: enajenación de inmuebles

Establece el ISR aplicable a residentes en el extranjero por la ganancia en enajenación de bienes inmuebles ubicados en México. La tasa es del 25% sobre el ingreso bruto o del 35% sobre la ganancia neta.

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Texto Legal

Artículo 161 — Enajenación de Inmuebles por Extranjeros

Los residentes en el extranjero que enajenen bienes inmuebles ubicados en México pagarán ISR:

Opciones de tributación

Opción A: Se retiene el 25% sobre el ingreso total, sin deducción alguna.

Opción B: Se retiene el 35% sobre la ganancia neta (ingreso menos deducciones del artículo 121).

Fuente de riqueza

Se ubica en México cuando el inmueble esté situado en territorio nacional.

Retención

El notario público que formalice la enajenación calculará y retendrá el ISR, enterándolo dentro de los 15 días siguientes.

Representante legal

El residente en el extranjero deberá designar un representante legal en México para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Tratados

La mayoría de los tratados permiten la tributación en el país de ubicación del inmueble.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La enajenacion de inmuebles en Mexico por residentes en el extranjero esta gravada con retencion del 25% sobre el total o el 35% sobre la ganancia. SDV calcula la opcion mas favorable y prepara la documentacion para acreditar el costo comprobado de adquisicion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 161 del LISR?

Establece el ISR aplicable a residentes en el extranjero por la ganancia en enajenación de bienes inmuebles ubicados en México. La tasa es del 25% sobre el ingreso bruto o del 35% sobre la ganancia neta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 161 de la Ley del ISR?

La enajenacion de inmuebles en Mexico por residentes en el extranjero esta gravada con retencion del 25% sobre el total o el 35% sobre la ganancia. SDV calcula la opcion mas favorable y prepara la documentacion para acreditar el costo comprobado de adquisicion.

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