Establece las reglas para determinar el costo de adquisición de acciones enajenadas por personas físicas. Define el costo fiscal considerando las variaciones en la CUFIN y las pérdidas fiscales de la emisora.
Las personas físicas que enajenen acciones determinarán su costo conforme a lo siguiente:
El costo de las acciones será el precio de compra más:
I. Los dividendos reinvertidos en la persona moral emisora.
II. Las aportaciones de capital realizadas con posterioridad a la adquisición.
El costo se ajustará considerando:
- Los incrementos de la CUFIN atribuibles al periodo de tenencia
- Las pérdidas fiscales de la emisora durante el periodo de tenencia
- Los reembolsos de capital recibidos
El costo se actualizará multiplicándolo por el factor de actualización desde la fecha de adquisición hasta la fecha de enajenación.
Se considerará como costo el que hubiera correspondido al autor de la sucesión o al donante.
Cuando el monto de la operación exceda el equivalente a $227,400, se deberá obtener dictamen de contador público sobre la enajenación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El costo de adquisicion de acciones para personas fisicas se calcula con reglas especificas que difieren de las personas morales. SDV determina el costo fiscal correcto para calcular la ganancia gravable en la enajenacion de acciones por personas fisicas.
Anterior
Art. 123. Costo comprobado de adquisición y actualización
Siguiente
Art. 125. Enajenación a plazos y pago del ISR
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo