Enlista las obligaciones formales de los contribuyentes del RIF: conservar CFDI, registrar ingresos y gastos en Mis Cuentas del SAT, entregar a clientes CFDI, efectuar pagos con medios electrónicos y presentar declaraciones bimestrales.
Los contribuyentes del RIF tendrán las siguientes obligaciones:
I. Solicitar su inscripción en el RFC.
II. Conservar los CFDI que amparen sus ingresos y gastos.
III. Registrar sus ingresos, egresos, inversiones y deducciones en el aplicativo "Mis cuentas" del portal del SAT.
IV. Entregar a sus clientes CFDI (facturas electrónicas).
V. Efectuar el pago de erogaciones superiores a $2,000 mediante:
- Transferencia electrónica
- Cheque nominativo
- Tarjeta de crédito, débito o servicios
VI. Presentar declaraciones bimestrales de forma definitiva.
VII. Presentar declaración informativa de ingresos, erogaciones y proveedores.
El aplicativo "Mis cuentas" del SAT funciona como sistema de contabilidad simplificado para los contribuyentes del RIF.
Los contribuyentes del RIF no están obligados a llevar contabilidad formal, bastando con el registro en "Mis cuentas".
Los contribuyentes que migren del RIF a otro régimen deberán cumplir con las obligaciones del nuevo régimen a partir de la fecha de cambio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las obligaciones del RIF incluyen el registro de ingresos y gastos y la emision de comprobantes fiscales. SDV apoyaba a los contribuyentes del RIF en el cumplimiento de estas obligaciones simplificadas durante la vigencia de este regimen.
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