LFPIORPI

Artículo 63. Regimen supletorio y normas complementarias

Establece que en lo no previsto por esta Ley se aplicaran supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Codigo Fiscal de la Federacion y demas disposiciones aplicables.

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Texto Legal

Articulo 63 - Regimen Supletorio

En lo no previsto por esta Ley se aplicaran supletoriamente:

Ordenamientos supletorios

- I. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo en lo relativo a los procedimientos de verificacion y sancion
- II. El Codigo Fiscal de la Federacion en lo relativo a notificaciones, recursos y procedimientos
- III. El Codigo de Comercio en lo relativo a las operaciones mercantiles
- IV. La legislacion civil federal en lo relativo a obligaciones y contratos

Jerarquia normativa

En caso de conflicto entre las disposiciones de esta Ley y las de los ordenamientos supletorios, prevalecera lo establecido en esta Ley por tratarse de una ley especial.

Reglas de caracter general

La Secretaria emitira las Reglas de Caracter General necesarias para la adecuada aplicacion de esta Ley, las cuales se publicaran en el Diario Oficial de la Federacion.

Actualizacion normativa

Las Reglas de Caracter General se actualizaran periodicamente conforme a la evolucion de las practicas de lavado de dinero y las recomendaciones internacionales en la materia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El regimen supletorio incluye el CFF y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En SDV Asesores de Negocio aplicamos estas normas complementarias para fortalecer la defensa de nuestros clientes en procedimientos antilavado, particularmente en materia de notificaciones, plazos y medios de prueba.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del LFPIORPI?

Establece que en lo no previsto por esta Ley se aplicaran supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Codigo Fiscal de la Federacion y demas disposiciones aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 de la Ley Antilavado?

El regimen supletorio incluye el CFF y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En SDV Asesores de Negocio aplicamos estas normas complementarias para fortalecer la defensa de nuestros clientes en procedimientos antilavado, particularmente en materia de notificaciones, plazos y medios de prueba.

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