LA

Artículo 264. Sanciones por mala fe procesal

Establece multas y sanciones para quienes actúen de mala fe en el juicio de amparo, retardando o entorpeciendo su tramitación.

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Texto Legal

Artículo 264 — Mala Fe Procesal

Se impondrá multa de cincuenta a quinientos días a la parte que en el juicio de amparo:

I. Promueva incidentes o recursos manifiestamente improcedentes con el propósito de retardar la tramitación;

II. Presente demandas notoriamente frívolas o improcedentes;

III. Realice actos tendientes a entorpecer o dilatar el procedimiento; o

IV. Haga manifestaciones falsas sobre hechos relevantes del juicio.

La multa será impuesta por el órgano jurisdiccional que conozca del asunto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La responsabilidad penal de los servidores publicos que incumplen sentencias de amparo es la consecuencia mas grave del desacato judicial. SDV Asesores documenta meticulosamente los actos de incumplimiento de las autoridades fiscales para sustentar una eventual denuncia penal cuando el desacato es reiterado y contumaz.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 264 del LA?

Establece multas y sanciones para quienes actúen de mala fe en el juicio de amparo, retardando o entorpeciendo su tramitación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 264 de la Ley de Amparo?

La responsabilidad penal de los servidores publicos que incumplen sentencias de amparo es la consecuencia mas grave del desacato judicial. SDV Asesores documenta meticulosamente los actos de incumplimiento de las autoridades fiscales para sustentar una eventual denuncia penal cuando el desacato es reiterado y contumaz.

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