LA

Artículo 196. Denuncia de contradicción de tesis

Establece quiénes están legitimados para denunciar la existencia de contradicción de tesis y el procedimiento para resolverla.

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Texto Legal

Artículo 196 — Denuncia de Contradicción de Tesis

La denuncia de contradicción de tesis podrá ser formulada por:

I. Los ministros de la Suprema Corte;

II. Los magistrados de Circuito;

III. Los Plenos de Circuito;

IV. El Procurador General de la República;

V. Las partes que intervinieron en los juicios de los que derivaron las tesis contradictorias.

La denuncia se presentará ante la Suprema Corte o ante el Pleno de Circuito, según la contradicción se suscite entre órganos de diferente o del mismo circuito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La interrupcion de la jurisprudencia ocurre cuando el organo que la establecio emite un criterio contrario. SDV Asesores esta atento a los cambios jurisprudenciales que pudieran afectar los amparos en tramite de sus clientes, adaptando la estrategia de litigio a la evolucion de los criterios del Poder Judicial en materia fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 196 del LA?

Establece quiénes están legitimados para denunciar la existencia de contradicción de tesis y el procedimiento para resolverla.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 196 de la Ley de Amparo?

La interrupcion de la jurisprudencia ocurre cuando el organo que la establecio emite un criterio contrario. SDV Asesores esta atento a los cambios jurisprudenciales que pudieran afectar los amparos en tramite de sus clientes, adaptando la estrategia de litigio a la evolucion de los criterios del Poder Judicial en materia fiscal.

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