D486CAN

Artículo Artículo 22. Artículo 22

Texto Legal

En lo relativo a la prioridad, se aplicarán las disposiciones del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Se admitirá la prioridad múltiple o parcial. Una solicitud que reivindique prioridad deberá contener toda la materia reivindicada en la solicitud anterior.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 22 del D486CAN?

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