Las indicaciones geográficas extranjeras gozarán de protección en los Países Miembros siempre que estén protegidas en sus países de origen y no sean idénticas o similares a una denominación de origen ya protegida o a una marca registrada de buena fe en el País Miembro donde se solicita la protección.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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