CFF

Artículo 35. Criterios y circulares de las autoridades fiscales

Establece que los funcionarios fiscales que apliquen criterios internos de carácter general deberán publicarlos. Los criterios administrativos no generan derechos para los particulares, pero las circulares sí obligan a las autoridades que las emiten.

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Texto Legal

Artículo 35 — Criterios y Circulares

Los funcionarios fiscales facultados debidamente podrán dar a conocer a las diversas dependencias el criterio que deberán seguir en cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales, sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

Naturaleza de los criterios

Los criterios internos son instrumentos de interpretación administrativa que buscan uniformar la actuación de las autoridades fiscales. Al no ser normas jurídicas en sentido estricto, no pueden crear obligaciones adicionales a las previstas en ley para los contribuyentes.

Efectos vinculantes

Cuando los criterios sean publicados en el Diario Oficial de la Federación, generan derechos para los particulares, quienes podrán invocarlos en su favor. Las autoridades fiscales quedan obligadas a aplicar dichos criterios de manera uniforme y consistente.

Diferencia con reglas generales

A diferencia de las reglas de carácter general emitidas bajo la Resolución Miscelánea Fiscal, los criterios del artículo 35 tienen un alcance más limitado y no pueden modificar, derogar o crear nuevas obligaciones más allá de lo que la ley establece expresamente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los criterios internos del SAT no crean obligaciones para los contribuyentes a menos que se publiquen en el DOF. Cuando son publicados, generan derechos que los contribuyentes pueden invocar a su favor. Es importante distinguir entre criterios normativos, criterios no vinculativos y reglas de la Resolucion Miscelanea Fiscal, ya que cada uno tiene diferente alcance juridico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del CFF?

Establece que los funcionarios fiscales que apliquen criterios internos de carácter general deberán publicarlos. Los criterios administrativos no generan derechos para los particulares, pero las circulares sí obligan a las autoridades que las emiten.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Los criterios internos del SAT no crean obligaciones para los contribuyentes a menos que se publiquen en el DOF. Cuando son publicados, generan derechos que los contribuyentes pueden invocar a su favor. Es importante distinguir entre criterios normativos, criterios no vinculativos y reglas de la Resolucion Miscelanea Fiscal, ya que cada uno tiene diferente alcance juridico.

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